Realistas y liberales de Gaucín (Málaga) en la Década Ominosa Imprimir
Escrito por Salvador   
Sábado, 21 de Octubre de 2006 12:20

 

 

PONENCIA PRESENTADA EN EL CONGRESO DE BANDOLERISMO EN ANDALUCÍA, CELEBRADO EN JAUJA (CÓRDONA EN OCTUBRE DE 2006)

Cuando se intenta penetrar en la balbuciente maraña documental de la historia de nuestros pueblos, se siente una agradable sensación de complacencia si el trabajo se ve recompensado con noticias nuevas que se presentían sin haber tenido confirmación de lo intuido. Si a ello se une el descubrimiento de hechos y acontecimientos que afectan directa y personalmente porque los protagonistas o simples personajes del entramado forman parte de nuestra ascendencia, la satisfacción sube un grado y se queda a la expectativa de nuevos desvelamientos que agranden el horizonte de nuestra comprensión de lo que hemos sido, para afirmarnos en lo que somos e ir al encuentro de lo que haya de venir.

Esto es lo que me ha sucedido buceando en el Archivo Histórico Provincial de Málaga, donde se encierran muchos episodios de nuestro pasado que sería sugestivo sacar a la luz pública. Hoy me detengo en algunos interesantes documentos del Protocolo Notarial del primer tercio del siglo XIX para dar noticias de los liberales gaucinenses en el contexto de aquellos años románticos y apasionados que protagonizaron muchos de nuestros paisanos sin que ellos se percataran de la importancia de sus acciones, ni nosotros hayamos sido capaces de mantenerlas vivas en la memoria colectiva, oral al menos, ya que la historia local escrita de nuestro pasado todavía no ha sido abordada en su magnitud.

 

 

 

Mi intención es tratar de dar unos apuntes iniciales –que precisan de un más profundo estudio en otras fuentes- de las tensiones entre realistas y liberales del Gaucín de aquellos años y, en especial, sobre la actividad conspirativa, porque no podía ser de otra forma, de aquellos liberales que formaron el núcleo de la resistencia frente al absolutismo fernandino que abatía a nuestra nación en aquella aciaga época, sirviendo de nexo con los exiliados –representados por Salvador Manzanares y Torrijos- para las tentativas insurreccionales que terminaron, como ya se sabe, con la muerte de ambos, el primero en nuestras sierras y el segundo a la orilla del mar de Málaga, pero ambos relacionados con nuestros hombres, tanto sus partidarios, como aquellos que coadyuvaron al cruento final de ambos.

En todo caso, también me parece oportuno desvelar documentación relacionada con el bandolerismo surgido, con posterioridad a la finalización de la guerra de la independencia, una vez que los aires del trienio liberal fueron abatidos por la represión, así como muestras de la actividad contrabandista tan enraizada en nuestro paisanaje, y otros datos relacionados con el protagonismo que en aquellos años tuvo el tan nombrado Alcalde de Gaucín y del Crimen de la Real Chancillería, Don Francisco de Gálvez y Fernández. Todo ello, para enmarcar aquella década que mereció un apellido nefando pero que, en todo caso, es parte de nuestra pequeña e irrepetible historia.

I.- INTRODUCCION.-

 

 


La existencia en nuestras tierras de insurrectos, guerrilleros, bandoleros generosos, verdaderos bandidos o simples contrabandistas, es tan antigua como la historia misma.

Durante la segunda guerra púnica, desde el puerto de Carteia -bahía de Gibraltar- la marinería púnica, se sublevó y unida a la fuerza del jefe indígena Galbo, insurreccionaron la Serranía de Ronda y se dividieron en bandas que descendían de aquellos fragosos y escarpados riscos. El lusitano Viriato, levantado contra el poder romano, empleó la táctica de guerrilla y a él se unió gran número de habitantes de nuestras abruptas tierras, impulsados por el amor a la libertad o excitados por el pillaje...

Célebres ha sido los bandoleros en la Serranía de Ronda, como pone de relieve, entre otros, García Cigüenza, aunque mezcla en su obra tipos de lo más variado: los caudillos guerreros como Ben Hafsum, con los monfies y con los bandidos y asesinos de mal pelaje o los simples matuteros. La verdad es que tan variada fauna se dio por nuestras tierras. Sabemos de las correrías por la Serranía del líder muladí, Omar ben Hafsum, por lo que no ha de descartarse la participación activa de Gaucín en estas tareas -como otras veces- en pro de la libertad. La derrota en 914, en la costa gibraltareña, frente a las tropas cordobesas dirigidas personalmente por Abd al- Rahman III, se dice que fue contemplada por Ben Hafsum desde el Castillo de Gaucín.

Siglos más tarde, en los coletazos del reino nazarí, los moriscos engañados por las promesas incumplidas de los Reyes Católicos, se echaron al monte en los siglos XVI y XVII, recibiendo el nombre de monfies y se cita la anécdota de unos moros de Gaucín que pretendían cruzar el Estrecho y retuvieron a un cristiano rico pidiendo un rescate, y, apresados,  fueron decapitados en Málaga sin más preámbulos.

Frente a ello, los mudéjares se sublevaron en varios sitios y es famoso el episodio del recaudador don Fernando de Haro, al que mataron en Benadalid,  y el escrito de Don Fernando y donna y sabel etc.… a vos los arcadís alguasiles e viejos e onbres buenos de las villas e logares de Gausín, nuestros vasallos Se convirtieron, pues, los monfies en la fuerza armada de todo el pueblo mudéjar que suspiraba con recobrar sus derechos y volver a su tierra bajo la égida del Islam. Tampoco hay que olvidar lo relatado en otro lugar por mí, en relación con el levantamiento de los gaucinense contra el Alcalde Pedro del Castillo y la expedición que hubo de partir desde Sevilla al mando del Señor de Cádiz.

Consta en el Archivo de la Catedral de Málaga (Sección Extravagantes, Leg. 64, cuad. 44, de 15 de marzo de 1491) un texto sobre el requerimiento a los alguaciles, ancianos y a la totalidad de la gente del Castillo de Gaucín para que cumplan lo prometido sobre devolución de las armas, que Acien Almansa achaca al estado endémico de rebelión de nuestra zona (1488, 1491 y 1492) y nos pone de relieve cómo ya en aquella época los moros se dedicaban a saltear, por lo que se autorizó al conocido Visitador Alfonso Serrano para que procediese contra los moros de Gaucín y Cortes “por no haber depuesto las armas y estar matando, robando y haciendo otros delitos”


 
Pasados de mudéjares a moriscos, los acosos continuaron en los reinados de Carlos I y Felipe II y en 1567 comenzó bajo la Inquisición la tarea de hacer realidad el sueño de éste último de "un solo Imperio y una sola Religión"(Pérez de Celosía y Gil San Juan). En la Navidad del año siguiente, un nuevo levantamiento en la Alpujarra, fue secundado por la Serranía de Ronda, lo que ha sido contado por diversos cronistas, y que llegó a juntar en Sierra Bermeja a más de 3.000 hombres de pelea. En el Archivo del Ducado de Medina Sidonia (Legajo 1030), consta una facultad de 1569 de la Condesa de Niebla, Leonor Manrique, al Consejo para que pague de sus propios una compañía de 50 soldados para defender la villa de Gaucín de los moriscos. Estas actuaciones y las órdenes concretas de Felipe II a don Juan de Austria, don Pedro de Deza y al Duque de Arcos, de sacar de una vez por todas a los moriscos de sus lugares y repartirlos por el resto del país, llevaron a la despoblación morisca del reino de Granada y, parece lógico, de Gaucín.

La historia triste de los moriscos es la misma mísera historia del Gaucín de aquellos siglos de sangre y venganzas, de cazas de brujas y claudicantes miserias, la historia de siempre, la de los poderosos y los miserables, la de los que mandan y los que obedecen, ayer como hoy, la de los que se arrastran miedosos frente a los miserables detentadores del poder, del dinero, de la tierra o, sin más, de una simple gavilla dorada o de una fórmula mágica que se enarbola ante los ojos atónitos, incrédulos o simplemente bobalicones de los que nos dejamos embaucar.

Nada más lacerante que leer al que se ha conocido como paradigma de historiadores. Cuenta Modesto Lafuente que, en aquellos tiempos del Rey Felipe, los moriscos no habían recibido el bautismo sino violentamente y a la fuerza, ni habían abandonado sino exteriormente la fe de sus mayores y los ritos del culto muslímico, por lo que fueron compelidos con medidas severas a observar las ceremonias del cristianismo y a renunciar al traje, a las costumbres, al idioma y al culto mahometano. Pese a las quejas de los moriscos, el cerco continuaba y, ante la única esperanza de eludir el castigo que eran los templos y las tierras de señorío, una nueva Real Provisión abolía la inmunidad de las tierras de señorío. Ante ello, muchos decidieron esconderse en las montañas donde se dieron a la vida de salteadores. Ante la opresión inquisitorial y la persecución de la justicia militar, civil y eclesial, las bandadas a las sierras eran tales que, nos dice Lafuente, llegaban a ser menos los moradores pacíficos de los pueblos que los monfies que andaban por las montañas.

Sea como fuese, era una semilla de discordias y antecedente de esa tendencia a la huida al monte que persistió tantos siglos y que, como ya sabemos, sembró el pánico y el terror de nuestros visitantes del siglo XIX y, a toda la nación, a mediados del siglo XX.

El signo más atrayente de los desventurados, a la par que gloriosos guerreros, lo constituye la guerrilla que osó desafiar a Napoleón y que sembró nuestras tierras de sangre y honor. El paradigma no fue otro en nuestras tierras que el General D. José Serrano Valdenebro, hijo ilustre de ellas, a cuya vida y hazañas dedico un capítulo aparte de esta historia, al que me remito.

Vayamos, pues, al propósito de este trabajo, que comprende, geográficamente, Gaucín y su Serranía, en especial Benarrabá y Algatocín, en el período temporal conocido por la Década Ominosa (1823-1833)


 
II.- EL ENTORNO SOCIOPOLITICO

Durante la guerra de la Independencia se habían desarrollado dos proyectos políticos distintos: el de los afrancesados, que consideran que la presencia del Emperador garantiza por sí sola la modernización de España y colaboran con el invasor y las autoridades;  y el liberal , que, ante el vacío de poder, encabeza la oposición a los franceses y reivindica la eliminación del Antiguo Régimen español y su sustitución por otro de carácter liberal y  pretende imponer los aires nuevos del momento revolucionario que se había defendido conjuntamente con la lucha contra el invasor, por lo que se respetaban los principios esenciales de Patria, Rey y Religión.

 

Fernando VII

Concluida la primera y convulsa etapa del reinado de Fernando VII, que comprende del exilio al regreso (1808-1814) con toda la carga de la guerra contra el francés -que en nuestro ámbito geográfico tuvo el exponente casi único de la guerrilla- se inicia una etapa de represión, incomprensible desde el punto de vista patriótico pero que se comprende desde la perspectiva de la España agonizante –en especial, los estamentos aristocráticos y eclesiásticos-  que vislumbra la perdida de sus privilegios y se enfrenta con todas sus artimañas a la nueva clase, surgida, no sólo de las ideas de la ilustración francesa, sino de la lucha patriótica y que, a la postre, resulta olvidada y minimizada.

Esta represión inicial, que comprende los años 1814 a 1820, es de una dureza sin igual, silenciando a todo el que había pregonado alguna idea liberal, y haciendo prevalecer a los que, en el poder absoluto que se dejaba imponer el monarca olvidadizo, daban los últimos coletazos de sus posiciones privilegiadas para acallar a los nuevos españoles, nacidos de la lucha contra el invasor, muchos de los cuales, como se ha reconocido, se ven obligados a huir de sus lugares  convirtiéndose en los primero bandoleros de la época.

El Sexenio Absolutista tiene como características fundamentales la crisis económica, la reorganización de los liberales en torno al ejército y los constantes pronunciamientos militares.

Tras las sublevaciones de Navarra, La Coruña, Barcelona y Murcia, resulta decisivo el pronunciamiento de Rafael de Riego en Sevilla. Riego proclama la Constitución de Cádiz  y Fernando VII, acorralado políticamente, jura la Constitución de 1812 y se inicia con ello el Trienio Constitucional o Liberal.

La obra gubernativa de los liberales tiende a la reforma del Antiguo Régimen: se suprimen los mayorazgos, se disuelve el Tribunal de la Inquisición; se implanta la ley municipal; se proclama la libertad de imprenta, se expulsa a los jesuitas y se deroga el fuero eclesiástico. Entre las reformas sociales destacan la reducción del diezmo a la mitad, la libertad de contratación, la desamortización de tierras de propios y baldíos y la reglamentación de la instrucción pública y privada.

Sin embargo, en el interior, las malas cosechas originan un profundo malestar en una parte importante del campesinado. Asimismo, la oposición realista crece y en el exterior, la Santa Alianza decide el restablecimiento de la monarquía absoluta en España. La Década Ominosa (1823-1833) se inicia con un rey que deroga la mayor parte de los actos del Gobierno constitucional: restablece el diezmo, aunque no el Santo Oficio; reinstaura el mayorazgo, y modifica los estudios universitarios. Su reinado de nuevo está condicionado por el problema hacendístico. El absolutismo no tiene repuesta al problema, por lo que la Administración acaba por adoptar una actitud más moderada, al pasar a ser dirigida por antiguos afrancesados arrepentidos. Esta nueva situación desencadena la oposición de los elementos más absolutistas, que poco a poco se agrupan en torno a su hermano Carlos María Isidro. Además, al considerar que la política de Fernando VII era demasiado blanda con los liberales, se apoya la cesión de la corona a su hermano, movimiento que es germen de las guerras carlistas.

Durante los últimos años del reinado los liberales encuentran un nuevo impulso conspirador e intentan varios pronunciamientos, que serán duramente reprimidos por el rey. Sobre ello, volveremos al tratar del tema central de este trabajo.

El reinado de Fernando VII se caracterizó por la continua represión ejercida por el soberano sobre el naciente movimiento liberal. Defensor a ultranza del absolutismo monárquico como forma de gobierno y como pilar básico del Estado, esta concepción política se acentuó tras poner fin al denominado Trienio Liberal en 1823 y tuvo una de sus más nefandas manifestaciones en la ejecución de José María de Torrijos –uno de los tres mitos fundamentales del liberalismo español, surgidos de la ominosa década, junto a Riego y Mariana Pineda- liberal exaltado que ya había participado en el pronunciamiento de 1820  y que en 1830, desde su exilio londinense, inició un frustrado levantamiento que terminó con su detención y posterior muerte.

Vamos a acercarnos algunos de estos acontecimientos, en los ámbitos geográfico y temporal que nos hemos propuesto,  con interés para obtener el retrato detallado de las tentativas insurreccionales que movilizaron un importante sector durante toda esta época, la ominosa de Fernando Séptimo Los sucesos que comentamos, no sólo destacan el valor heroico de sus protagonistas sino que ilumina uno de los capítulos más importantes de la lucha liberal contra el absolutismo fernandino. En todo caso, es momento de anticipar mi convicción de que, a partir de 1823 se inicia el movimiento liberal en Gaucin, independientemente de la represión de 1814-20, como podremos ver por las denuncias por infidencia, que empiezan en 1824, tan pronto finaliza el trienio liberal.


 
III.- APUNTES PARA LA HISTORIA DE GAUCIN
 

En este contexto, Gaucín ha vivido intensamente el primer periodo del exilio (1808-1814), con la guerra de la Independencia, en la que se implican todos los estamentos y el vecindario al completo. Me remito a mi Libro Gaucín, 1742-1814, en donde pormenorizo la actuación de las guerrillas, al mando del General José Serrano Valdenebro, sus disidencias con el cuartel general del Campo de Gibraltar, sus exigencias y, en su consecuencia, su traslado como Gobernador Militar de la Plaza de Cartagena, donde fallece en marzo de 1814, unos días antes de que Fernando VII regrese del exilio.

El sexenio, se inicia con el olvido del General entre sus conciudadanos y la reafirmación del estamento religioso, muy numeroso e influyente en nuestro pueblo, como ya he tenido también ocasión de pormenorizar en mi articulo sobre Un Sermón del siglo XIX, en donde ya se vislumbra la disensión entre las familias Serrano (en la persona, inicialmente,  de Doña Buenaventura Sánchez, que había contraído matrimonio el 6 de abril de 1802 con el General Serrano; viuda en 1814, casó en segunda nupcias, el 28.7.1819, con Don José Serrano Espinosa, con quien no tuvo descendencia pero sí que junto a él continúo en la tarea liberal como veremos más adelante, y falleció el 7.8.1842) y Molina (personificada en Antonio de Molina Navarro, defensor del Castillo del Águila durante la invasión francesa), siendo posteriormente dichas familias las  cabezas visibles de los bandos liberal y  realista, respectivamente.

Como prueba de la pleitesía que se rindió de inmediato al Rey, trascribo escritura de Poder para hacer llegar a S. M. “los tiernos y subseptibles sentimientos de gozo y alegría que acompañan a este Ayuntamiento por tan pausible motivo” como fue su exaltación al Trono, expresiones que ya habían hecho llegar, a través del Duque en mayo de 1814, tras el manifiesto de los persas derogando la Constitución de 1812, lo que reiteran en 16 de septiembre, dándole cuenta de las grandes celebraciones que se habían realizado.


  

PODER 26 SEPTIEMBRE 1814

 

PODER
El CONCEJO JUSTICIA Y REGIMIENTO DE ESTA V
A
EL SR DON MANUEL GARCIA DEL BARRIO

Gaucin 26 de septiembre de 1814.-
Don Alonso Gómez Tineo Alcalde Ordinario, Bartolomé Sánchez Espárrago, D. Jose Moyano… D. Francisco Pérez y D. Pero Hidalgo... Don Juan Mateos y D. Vicente Palacios Pror General y Personero y D. Manuel Vinet Diputado,  individuos que componen... de esta Cdad estando juntos en esta… como lo han de uso y costumbre tratar y conferenciar las cosas pertinentes a la utilidad del comun de vecinos que representamos y por nos y anombre de estos Decimos: Que damos y conferimos nuestro poder cumplido tan bastante como requiere y es necesario al Sr. Don Manuel García del Barrio de los Reales Exercitos residente en la villa y corte de Madrid, especial para que a nombre de esta Corporación y de los indicados y representando sus personas derechos y acciones se presente ante la Real Persona de S. M el Rey Don Fernando 7º que Dios guarde bese sus Reales manos felicitándole devidamente por su exaltación al trono que dignamente ocupa y demostrándole los tiernos y subseptibles sentimientos de gozo y alegría que acompañan a este Ayuntamiento por tan pausible motivo, manifieste a S M de que desde que se tubo hizo esta villa y sus representantes todo el esfuerzo que le fue posible para llevar a deber la celebridad deella, sin omitir funciones de Iglesia, fastuosas, procesiones, iluminaciones y otras de regocijos con que a porfía se presentaban todas las autoridades y los indicados cuyos documentos que hacían el comprovante, fueron dirigidos a S. M por manos del Excmo. sr. Duque de Medina en el mes de mayo anterior que contestando recibo en trece de  junio siguiente, oficia a hora deste Ayuntamiento---
Folio vuelto
En diez y seis del corriente manifestando elextravio que havian padecido: En cuyo estado y deseando esta Vª y sus vecinos dar nueba prueba de su lealtad y Amor a su Soberano, hemos venido con sus representantes en repetir sus nuebos afectos con referencia a los apuntados documentos por medio del expresado Sr. De Gracia del Barrio… para lo cual hará y practicará quantas gestiones diligencias y personalidades que sean conducentes, y para todo ello insidesiste y represente le damos y conferimos el mas amplio poder que en Derecho se requiere, poniéndolo a mayor abundamiento en nuestro propio lugar, grado y prelación, con libre franca y general administración en legal forma: Yasilo otorgamos ante el presente Escribano de S. M. Publico y de Cabildo de esta Villa de Gaucín, en cuyo textimonio firmaran que esta en ella, a veinte y seis de septiembre de mil ochocientos catorce. Siendo presentes por testigos D. Diego Antonio Pérez de Palacios, Don Antonio Josef Faxardo y Don Juan Bentura Nieto de esta vecindad. Eyo el Escribano doy fe conozco a los señores otorgantes y de que se hallan en el uso y ejercicio de sus respectivos Empleos.-
Bartolomé Sánchez, Josef Moyano, Francisco Pérez, Alonso Gomes Tineo, rubricado, Pedro Hidalgo, Juan Mateos, Vicente Palacios, rubricado, Dn. Manuel Vinet, rubricado.


(NOTA ACLARATORIA.- Las negrillas, subrayados y demás efectos de fuentes, en el precedente documento y en los restantes que se trascriben en el trabajo, son del autor.)


Para situar a los personajes que van a configurar el centro de nuestro estudio, digamos que los Molina se incorporan a Gaucín en la persona de Don Antonio Molina Navarro,  nacido en Blanca, Reyno de Murcia, y que en 12.10.1812, cuando era Sargento Primero (Teniente Coronel, en la jerarquía militar actual) del Regimiento Infantería de Galicia,  se casó con Rosalía de Salas Ríos -hija de Joaquín de Salas Moya y Antonia  Ríos Moya- todos ellos de familia de prosapia y acaudalada de Gaucín; fueron padrinos Damián Ximenez y su mujer Isabel Salas, por lo que Damián –uno de los realistas más destacados, como veremos más adelante- y Antonio eran cuñados (también consta este parentesco en la escritura de 18.09.1830 ante D. Diego Barroso y Castro, folio 124 y ss del Leg. 5297).

 

Acta matrimonio A.Molina-R.Salas

Antonio Molina Navarro falleció de pulmonía el 22.10.1856, viudo de Rosalía a los 72 años (según la inscripción parroquial), y a los 68 años siendo Subteniente retirado (según la inscripción castrense).O sea, habría nacido en 1784/1788 y tendría en 1830,  46/42 años, esto es unos veinte años más que José Serrano Sánchez, su oponente.

Durante su larga vida, había protagonizado parte de la vida gaucinense, como destacado realista, según tendremos ocasión de comprobar. Por ahora, trascribo escritura de Fianza Segura, prestada en 1825, para su libertad  y la del también vecino de Gaucín, Alonso González Quiñones (contra quienes se habían decretado prisión, sin que pueda determinar sus causas ni los denunciantes, si los hubo)

 

Fianza de Carcel Segura a favor de Antonio Molina

 

FOLIO 138
FIANZA
ELCONSEJO DE GUERRA PERMANENTE DE ESTA PLAZA
CONTRA
D. ANTONIO SANTANA.-
En la Ciudad de Málaga a siete dias del mes de junio año de mil ochocientos veinte y cinco, ante mi el Escribano público, y testigos infrascrtitos, pareció el que asegura llamarse D. Antonio Santana, de esta vecindad, al que doy fe conozco, y Dixo: que en el Consejo de guerra militar y permanente establecido en esta ciudad, se sigue cierta causa criminal, en la que hace de fiscal D. Francisco de Cárdenas, por la qual, está decretada la prisión de D. Antonio Molina, Capitán Comandante de Realistas, y D. Alonso González  Quiñones, vecinos de la Villa de Gaucín en la Serranía de Ronda, quienes noticiosos de ello considerándose inculpables, en el hecho en que se les mesclara y atribuyese, ocurrieron con escrito al Sr. Presidente de dicho Consejo, manifestándolo asi e igualmente los perjuicios incalculables, que se les inferían, por la proximidad de la cosecha y recolección de frutos de que tenían que atender, y suplicaron que, baxo las garantías y fianzas---
(FOLIO 138 VUELTO)
 convenientes, se le dejase escarcelar para con el más mínimo aviso serían presentados, qual ahora lo havían hecho y oídos por el Sr. Presidente al mencionado fiscal, y el Dictamen del Señor  Asesor D. Juan Rafael de Lara, Abogado de este Ilustre Colegio Decretó la admisión de fianza correspondiente, para lo qual volviese al mismo fiscal para que la admitiese; a su consecuencia dispuso el relacionante de prestarla de carcel segura para que dicho Procurador se le siga su veneficio por el tenor de la presente, confesando ser cierto y verídico lo que queda referido en la vía y forma que por derecho haya lugar; instruido que asegura estar, del que en este caso se compete, y de él usando Otorga: Que resive en fiado y se constituye en carcelero cometariense de los dichos D. Antonio Molina y D. Alonso González Quiñones, sobre lo qual renuncia las Leyes de la entrega obligándose a presentarlos en la Real Carcel de esta Ciudad, o cualesquiera otra parte que se le designe, siempre que por el mencionado Consejo militar, el----
(FOLIO 139)
 expresado  Fiscal u otro Señor Juez competen se te lo mande, sin aguardar a dilación ni plazo alguno, aunque por derecho le sea concedido sobre lo que también renuncia cualquier beneficio que le sufragese y especialmente la Ley diez y siete titulo doce partida quinta que le concede un año, y demás que puedan favorecerle, y no cumpliéndolo así pagará las costas que en solicitud e los dichos o cualesquiera de ellos se originen, multas, que como a tal carcelero se le impongan, y lo que en la exacción de todo ello se devengue y a su solución se le ha de poder competer y apremiar, en virtud de esta escritura, y decreto del Señor Juez competente, en que defiere la presente, con relevación de otra, aunque por derecho se requiera. Y a la firmeza estabilidad, y entero cumplimiento, de lo que queda expresado se obliga-----
(FOLIO 139 VUELTO)
según corresponde con sus vienes y rentas muebles y raíces, havidos y por haver; da poder cumplido a los señorees Jueces y Justicias a quienes corresponda para que a ello competan y apremien, como por sentencia consentida, y pasada en autoridad de cosa Juzgada, renuncia la leyes fueros y derechos de sus defensas y la general asi conforma. Así lo otorga y firma siendo testigos D. Marciano Simón y D. Antonio de Olona y D. Luís de Olona, vecinos de esta ciudad.-
Antonio de Santana, firmado y rubricado. Ante mi, Joaquín Muñoz Hastancoa


Por parte de los Serrano, la antorcha del liberalismo la recoge de su madre, Doña Buenaventura Sánchez, Don José Serrano Sánchez que durante el primer  periodo absolutista todavía permanece en la menor edad, pues nació en 1804 y como  consta en su acta de bautismo,

 se le pusieron los nombres de Josef  Maria del Carmen Víctor, hijo legitimo del Sr. Dn Josef Serrano Baldenebro Brigadier de la Rl. Armada y de la señora Dª Buenabentura Sánchez Hernandes su muger: abuelos paternos don Josef Serrano y Dª Francª Baldenebro, los maternos el Lzdo. Dn. Pedro Sánchez y Herand y Dª Buenabentura Herndes. Villegas: declaro la madrina en ausencia del padre: Bautizo el siguiente día veintinueve el Bdo. Dn. José Guerrero de Palacio, Teniente de Cura de esta Parroquial y de Dn. Juan Nicolás Salzedo, su Cura Rector Fueron sus padrinos EL Hermº Fr. Antº de Stª Teresa Religioso Lego Carta. Descalzo de esta Villa y Dª Maria Serrano Crespo soltera vecina de Cortes. Testigos D. Diego Lego y Juan Ximenez de esta vecindad.

 

Acta de bautismo de Jose Serrano Sánchez

José Serrano Sánchez contrajo Matrimonio el día 28 de julio de 1821 con

Doña Maria de los Dolores Sánchez Serrano, natural de Benarrabá y vecina de Gaucin desde la infancia, hija de Don Diego Sánchez de Piña, natural de Juscar, y de Doña Maria Serrano y Viles, natural de Málaga, dando su licencia al contrayente el Brigadier D. José Marrón como Gefe Político de la Ciudad y Provincia de Málaga  siendo testigos D. Jacinto Holgado Presbítero, D. José Serrano y Giles y D. Joaquín Fernández


En el año 1870, el  17 de Enero fallece, de un pólipo, Don José Serrano Sánchez, de sesenta y cinco años. A los cinco meses, el 16 de mayo, de calenturas, muere Maria, su esposa,  a los setenta y ocho.
 
En cuanto a la descendencia de ambos cabecillas, debemos completar la información, indicando que Antonio Molina Navarro, tuvo ocho hijos, uno de ellos, Teodoro, nace el 27 de noviembre de 1827 (fue Notario) y se casa con Joaquina Fernández Marín (nacida en 1854). De este matrimonio, nace Teodoro de Molina Fernández, propietario de la casa de la calle Llana, num. 12, construida expresamente con mayor empaque y altura que la de sus vecinos los Faura Serrano.

Por lo que se refiere a José Serrano Sánchez, de su matrimonio con Maria Sánchez Serrano, nacen cuatro hijas, una de ellas Maria Petronila, casada, por poder,  en 22 de marzo de 1852 con el que sería General Don José Faura Serra y de dicho matrimonio nacieron diez hijos, entre ellos Francisca, propietaria de la casa de la calle Llana, num. 10, contigua a la de los Molina.


                   

Casas de los Molina (12) y los Serrano (10)


Es de significar que ambos descendientes, Teodoro de Molina Fernández y Francisca Faura Serrano, contraen matrimonio en 1905, siendo, pues, nietos, respectivamente, de Antonio de Molina Navarro y José Serrano Sánchez.

Retomando el hilo histórico, recordemos que la Década Ominosa, reintroduce la represión, que se muestra abierta contra los bandidos y forajidos, lo que hará celebre al Alcalde Mayor de Gaucín, D. Francisco de Gálvez y Fernández, de quien carezco de datos personales y  biográficos, salvo los que se reseñan a continuación, relacionados con dicha represión, que es menos rigurosa con el contrabando (sin que podamos descartar vínculos entre los encausados por este ilícito comercio y las autoridades y realistas), y desemboca en dicho periodo en una lucha soterrada entre liberales y realistas.

Y, en esa convulsión de nuestra historia local, se enmarcan los más conocidos episodios de las sublevaciones de Salvador Manzanares y José Maria Torrijos, ambos enraizados con nuestros personajes

Estudiemos estos pormenores.
 
1.- LOS CONTRABANDISTAS

 

Los contrabandistas de Gaucín tienen sus historias.

La más famosa de todas, la de Carmen y sus trapicheos desde Gibraltar, alma mater de la cuadrilla de bandoleros-contrabandistas formada por su marido  García, el Tuerto, D. José su amante, y otros, bajo el mando del Doncaire, a la que he hecho referencia en la Revista de la Universidad de Málaga, Analecta Malacitana, num. 12, Carmen en Gaucín, citada en anteriores Jornadas sobre Bandolerismo, a la que me remito.


 

Carmen en Gaucín


El escritor R. B. Cunninghame Grahame nos describe como

junto a ellas, tendidos algunos sobre paja, otros sobre fardos, yacían hombres que enseguida reconocí como contrabandistas, porque yo había visto muchos de ellos en el campo que separa Gaucín de Gibraltar, país salvaje y sin caminos desde hacía treinta años. Allí en Salden, los contrabandistas estaban en un escenario adecuado, igual al de un teatro cuando cantan Carmen.

En la primera mitad del siglo XIX, después de la guerra de la Independencia, las continuas luchas partidistas, la crisis económica y el caciquismo, fueron, entre otros, motivos para los asaltos de caminos, como se ha puesto de relieve en estas mismas Jornadas  por Carlos Gozalbes Cravioto

Por su parte, Richard Ford dice de los bandoleros rondeños que

 son buena gente, a los que es fácil conquistar con un puro y una bota de vino en la compañía del fuego de la Venta, que habrá de entender hace referencia a la muy famosa de Gaucín, cuya vista es esplendida, a pesar de que sus caminos parecen hechos por el diablo en los jardines colgantes del Edén.

La causa del contrabando, al que está íntimamente ligado el bandolerismo del siglo diecinueve, se inicia con la ocupación de Gibraltar en 1704, como es admitido por los que han tratado el tema, aunque ya sabemos (Bernal) que  su génesis y significaciones son bien diversas (entre ellas las causadas por la dispersión de los guerrilleros de 1808 y de los partidos liberales hasta 1833).
 
 Por lo que respecta a Gaucín y su entorno serrano, sus condiciones geográficas (el mar por un lado y las escabrosidades de la serranía por otro) facilitaban el tráfico clandestino, favorecían la huida del contrabandista y servía de escondite seguro a mercancías.

El contrabando, en especial el de pequeñas mercaderías que es el típico de la zona, ha servido, entonces y hasta fechas bien recientes, de tapadera a familias enteras para asegurarse el sustento diario. No sólo de los contrabandistas, matuteros, pacoteras o mochileras, o simples recoberos, sino de los guardianes de la verja o de la propia aduana. Incluso contaban con la complicidad de los vecinos y con la admiración de los más, tanto es así que García Cigüenza nos cuenta que hasta un sacerdote de Gaucín se vio involucrado, en compañía de otros vecinos, de la muerte del gobernador del Castillo que iban a prenderlos.

Asimismo se habla de la complicidad de los políticos liberales con contrabandistas y bandoleros. Por lo demás, la picaresca, la desvergüenza y hasta el delito a pequeña escala eran el pan nuestro de cada día.


Tabaco, café, jabones, azúcares y harinas, chocolates y licores, telas y lanas, y lo que fuese necesario eran objeto de encargos a las recoberas y se transportaban, a veces en verdaderas recuas de caballerías, la mayor parte de las veces en los serones de mulos y burros o en mochilas a espaldas de los más fuertes, en los cestos de las matuteras que, ya en los años postreros del siglo XIX,  subían por el tren de Algeciras o en los sacos que se tiraban antes de llegar a la Estación de Gaucín, donde eran rápidamente recogidos por los hijos y familiares para después ser distribuidos entre vendedores y encargantes.


Tanto era el negocio que algunos pueblos, y Gaucín entre ellos, vivían de esta actividad, y a su sombra proliferaron las que hoy llamaríamos actividades auxiliares, como las de herreros, talabarteros, alabarderos o arrieros, venteros, posaderos y otros personajes más o menos picarescos, cantados por los clásicos Lope de Vega, Cervantes, o los viajeros románticos que últimamente recoge con precisión el libro de Garrido Domínguez, para quien Gaucín fue uno de los más propagados símbolos románticos de Andalucía.

 

Montaña azul en la distancia cubierta de nubes…


Precisamente, W. Irving nos cuenta en su Diario de 1828 que el 5 de abril, sábado santo, sale a las ocho y cuarto de Ronda y pararon en Atajate, mientras se herraba una bestia para tomar unos huevos y vieron pasar a las autoridades del pueblo que llevan un bandido a la prisión, y a las 5´30,

tras un puerto, de pronto, llegamos al valle de Gaucín. Mágico escenario… el valle esmaltado de esparce frescor… hemos pasado la noche en la Posada del Sol. Buena Gente…la hija de la dueña se llama Marujita. La vista desde mi ventana me muestra un monte lleno de viñedos y un valle de espesa arboleda. Montaña azul en la distancia cubierta de nubes… Dejamos Gaucin a las seis. Una esplendida vista bajando… volviendo la vista, Gaucín en la cima del monte. Convento. Tajo del Niño de Dios con torres de un viejo castillo moro… Pero, dejemos de soñar y volvamos a lo prosaico.

Este tráfico ilegal ha sido permanente en Gaucín y su Sierra, hasta cerca de nuestros días, por lo que sería merecedor de una más detenida atención aquellas personas que, dedicadas simplemente al contrabando, fueron objeto de persecución y, a veces, muerte cruenta, por defender su sustento.

Independientemente de los casos que relatan los hermanos García Mota de los secuestros que la banda de El Rubio de Bobadilla hizo en nuestro pueblo, entre ellos el de Eleuterio Sánchez, asesinado en 1944 por Jamoncito, y la muerte del también vecino de Gaucín Antonio García Toval (recuerdo perfectamente como trajeron su cadáver en caballería, desde el río Genal al Cementerio de Gaucín), a manos del llamado Gordillo en mayo de 1953, digo que, independientemente de estas citas, me viene a la memoria en este momento que en los años cuarenta fueron abatidos por la Guardia Civil los gaucinenses Manuel Vázquez (en Goripe, provincia de Sevilla) y Pedro Cantudo Bautista, el "Navarro", en la carretera de Ronda, cerca de Atajate. En los inicios de los cincuenta fue muerto José Godino Marín, "Picón", en el Guadiaro. Otros que sufrieron en sus carnes el fuego cruzado de la benemérita fueron Prudencio de Molina Román, José Rondón y José Gómez "El cojo Ríos", afectados en sus extremidades, y Pedro García "Perolas".

De todas maneras, ha de tenerse en cuenta el carácter de los serranos, de los que Scott, en 1830, decía que tenían fama de ser una raza feroz e intratable, mientras que Murray, diez años más tarde, pensaba que la fragosidad de las sierras fomentaba el espíritu de independencia, para que se cuele el desafío permanente con que los montañeros se enfrentan a cualquier ley gubernamental, como nos recuerda Antonio Garrido.

Escenario único a los fines de los contrabandistas y bandoleros y en donde “Carmen” –en la pluma inmortal de Prósper Merinmée-  pasaba largas temporadas. Lugar, precisamente, “donde encontré a Carmen, que me había dado cita allí”, nos dice D. José al salir del infierno de Sevilla. En definitiva, Carmen, de contrabandista en los montes de Gaucin, a mito universal, como Prometeo, Don Juan... historias en las que intervienen fuerzas fatales.

Asimismo, he de resaltar que en este periodo temporal, hay constancia, por las propias cartas de Prospero Merinmée, de su paso por Gaucín, el 25 de septiembre de 1830, y podemos figurarnos el siguiente episodio, dentro de un más detallado exordio sobre esta celebre visita del autor de Carmen:

Habían acordado –Merinmée y su acompañante alemán-  pernoctar en el Molino de Abajo, que  lo llevaba en arrendamiento Josef Guerrero de Palacios,  un vecino de  Gaucín emparentado con lo más selecto de los eclesiásticos gaucinenses, y del que tenía noticias por su gran amigo rondeño, el escritor costumbrista Serafín Estébanez Calderón. Éste, a su paso por Madrid,  le había puesto en antecedentes de que podía acomodarse sin miedo a los ladrones o contrabandistas en El Molino de Abajo, en la Ribera del Genal, que había sido propiedad, junto a otro molino harinero en el pago de Jarraqueque, de D. Pedro de Luque Solano y Doña Teresa Falcón, personajes de alcurnia y prosapia gaucinenses. Merimée, que en esa época todavía era acérrimo liberal, confiaba en  contactar en los sitios por los que pasaba con familias de su mismo talante.

Josef Guerrero, era sobrino de uno de los hijos del citado matrimonio. Doña Josefa de Luque y Solano, actual propietaria del molino, viuda del licenciado Don Pedro Sánchez Herand , que había sido Corregidor y  Capitán en Guerra de Gaucín, y, por ello, madrastra de Doña Buenaventura Sánchez Hernández, a su vez viuda de José Serrano Valdenebro, célebre General en Jefe de las Guerrillas de la Sierra Meridional durante la invasión napoleónica, y del que el propio Merimée tenia conocimiento por sus estudios sobre la contienda.

Centrándonos, en todo caso, a la época que comprende nuestro estudio, doy cuenta de algunos casos documentados de contrabandistas.

Así, al folio 90 del Protocolo de Pedro Barroso y Castro, del año 1926, figura la siguiente escritura

Folio 90
EL JUZGADO MILITAR DE ESTEPONA
CONTRA
DON JOSE HIDALGO MARTIN
Gaucín 6 de septiembre de 1926
Notorio sea a todos como yo José Hidalgo Martín…digo que el Juzgado  militar de Estepona se sigue Auto y Causa Criminal de oficio contra Francisco Cañamaque Sanjuán, Juan Quiñones Florín y otros de esta vecindad por habérseles atribuido ejercitarse en el ilícito comercio del contrabando y auxilio de los defraudadores y a consecuencia de haberse procedido contra el Juan Quiñones, mediante a su pobreza y otros poderosos motivos se le ha concedido la gracia de ponerlo en libertad….que recibo en fiado preso y encarcelado al dicho Francisco Cañamaque (digo )al Juan Quiñones, del cual me constituyo en carcelero comentariense…
Folio 90 vuelto
…. Siendo presentes por testigos Don Pedro Barroso Gallo, Dn. Diego Moreno Pérez y  Dn Diego Vinet y García…José Hidalgo, rubricado.- Ante mi Pedro barroso y Castro

En el mismo día, otro vecino de Gaucín comparece ante el mismo fedatario y eleva a público su compromiso a favor de otros contrabandistas. Dice así:

 

 

Folio 91
FIANZA
JUZGADO MILITAR DE ESTEPONA
CONTRA
ANTONIO GONZALEZ SALAS
Gaucín 6 septiembre 1826
Notorio sea como yo, Antonio González Salas… que en el Juzgado Militar de la de Estepona se siguen Autos y  Causa  criminal de oficio contra José Cañamaque y sus dos hijos Manuel y Antonio con otros consortes de esta vecindad por atribuirles haberse ejercitado en el ilícito comercio del contrabando y auxiliar de los defraudadores, por lo que se procedió contra los referidos hasta haberles conducido presos a aquella Villa y a consecuencia de su pobreza y otros poderosos motivos se les ha concedido la gracia…
Folio 91 vuelto
…mío propio y renuncio a las leyes que me sean propicias… obligo mi persona y bienes habidos y por haber, doy poder cumplido a las Justicias de S M…siendo testigos Dn Diego Vinet,  Manuel Ochoa y Dn José Cabrera Pérez…Antonio González, rubricado. Ante mi, Pedro barroso y Castro

Y, al siguiente día 9 del mismo mes, hace lo propio Sebastián Román Valdivia:


FOLIO 92
FIANZA
EL JUZGADO MILITAR DE ESTEPONA
CONTRA
SEBASTIAN ROMAN VALDIVIA
En Gaucín 9 de septiembre de 1826
Notorio sea a todos como yo Sebastián Román Valdivia, vecino de esta Villa de Gaucín Digo: Que en el Juzgado Militar de la de estepota se siguen Autos y Causa Criminal contra Alonso Bazquez Megias y otros de esta vecindad por atribuirles haberse ejercitado en el ilícito comercio del contrabando y auxiliar a los defraudadores por lo que se procedió contra el referido hasta haberle conducido preso a aquella Villa, y a consecuencia de su pobreza …
FOLIO 92 VUELTO
A ello se me requiera y sin excusa ni pretexto  alguno y de lo contrario sufriré las consecuencia que se exigieran hasta su presentación y…siendo presente Dn Diego Vinet, Dn Pedro Barroso y Gallo y Benito Basquez…Diego Vinet y García rubricado.- Ante mi Diego Barroso y Castro

Sobre estos documentos, me parece interesante resalta algunos datos.
1.- D. Diego Vinet García interviene como testigo en las tres escrituras; es un influyente personaje de la época (hermano de Francisco de Paula Vinet, hijos de D. Manuel Vinet Gómez, Médico Titular de Gaucín en 1818). D. Pedro Barroso y Gallo, en dos. Y D. Diego Moreno Pérez (firma de testigo con los liberales), D. José Cabrera Pérez (liberal) y Manuel Ochoa y Benito Basquez, en una. Todo ello es de resaltar en relación con las causas de infidencias imputadas a los liberales, que más adelante estudiaremos.
Aunque parece ser que Cabrera, Moreno Y Barroso y Gallo eran asiduos testigos en la Notaria del padre de este último, como, por ejemplo en el mismo año, en la que otorgó Andrés del Río, vecino de Benarrabá, a favor de su hijo Silvestre, Presbítero.

En Gaucín,
a nueve de noviembre de mil ochocientos veinte y seis, ante los testigos Don José Cabrera Pérez, don Diego Moreno Pérez y D. Pedro Barroso y Gallo, a favor de su hijo Presbítero

Si bien es cierto que estos del Río (padre e hijo) fueron protagonistas principales de la conjura contra Manzanares, como veremos más adelante.
2.- Las fechas de estos apresamientos coincide con Gálvez como Alcalde Mayor
3.- Los acusados de contrabandistas son
Francisco Cañamaque Sanjuán, Juan Quiñones Florín y otros de esta vecindad
José Cañamaque y sus dos hijos Manuel y Antonio con otros consortes de esta vecindad
Alonso Bazquez Megias y otros de esta vecindad
Lo que nos evidencia que fueron encausados varios vecinos más, aparte de los comparecientes y acusados
4.- Este José Cañamaque Letor fue también de los denunciantes de los liberales, según poder de 1 de octubre de 1925  (Legajo 5296, Notaria de Diego Barroso y Castro, año 1825, folio 140 y vto)
5.- En cuanto a los seis contrabandistas que aparecen en nuestros documentos,  cuatro de ellos pertenecen a los  Cañamaque,  familia de prestigio en Gaucín y a la que perteneció el famoso escritor y político Francisco Cañamaque Jiménez que  nace en 22.12.1851 (Francisco Asís del Corazón de Jesús Cañamaque Ximenez, hijo de Alonso Cañamaque Ximenez, carpintero, hijo de José y Maria, y Maria del Carmen Ximenez Ximenez, hija de Andrés y Rosalía) y por tanto, nieto de José Cañamaque Letor, uno de los encausados como contrabandistas de Gaucín.
Este José Cañamaque (hijo de Alonso y Rosa), que en la transcrita escritura de fianza prestada ante el Juzgado Militar de Estepona, de 6 de septiembre de 1826, aparece imputado en Autos y Causa  criminal de oficio, junto a sus dos hijos  Manuel y Antonio,  estaba casado con Mariana –de la Encarnación- Jiménez Barranco (hija de Manuel y Catalina). Nos consta que Antonio Cañamaque Jiménez falleció a los 60 años el día 14.9.1867.

Un hijo de Jose Cañamaque Letor y Maria de la Encarnación Ximenez, falleció el día 25 de julio de 1830, siendo  Sargento 2º  del Regimiento de Caballería de Navarra 8º de Ligeros, uno de los que vigilaban los campos de la serranía de los bandoleros, lo que, a mi juicio, pone de relieve las connotaciones entre contrabandistas y realistas.
 

Acta defunción José Cañamaque Ximenez


2.- LOS BANDOLEROS


Ignacio Huelín Vallejo nos dice expresivamente que los bandoleros son una realidad perenne, producto de la serranía, como la encina y el quejigo.

Bandoleros con referencias literarias se encuentran en nuestra cercanía, como la expedición de la Sauceda en la Estación de Gaucín, junto a nuestros límites, a finales del XVI, de la que se hace eco Cervantes y Espinel, episodio sobre el que Quirós entiende que Gaucín repite en el primer tercio del siglo XIX, como nos recuerda José Santos.

 El más famoso, sin embargo, de los bandoleros, asiduo de nuestras tierras, fue José María el Tempranillo...

Por la sierra de Ronda
va una partía;
al capitán le llaman
José María.

Sobre el Tempranillo, y por lo que hace referencia a Gaucín, sabemos, entre otros por Cigüenza en la obra citada, que azuzadas las tropas realistas con la promesa de recibir una buena recompensa, o animadas quizás por el ansia de adquirir fama y gloria al lograr capturar al bandolero, muchos eran los grupos que, de forma oficial o voluntaria, salían en su búsqueda, con la intención de apresarlo. Los bandidos, por su parte, buscaban la ocasión para burlarse de ellos y humillarlos y no tardaron mucho tiempo en conseguir su propósito pues a sus oídos llegó que en la venta de Gaucín, próxima al lugar donde se encontraban, estaban alojados sesenta de estos voluntarios realistas. Cuenta la leyenda que José María, con intención de sorprenderlos, escogió doce de sus mejores hombres y, junto con su famoso teniente «Veneno», irrumpió en la venta cuando aquellos, abandonadas las armas, comían tranquilos. Inútil resulta decir que, allí mismo, los despojaron de sus pertenencias, caballos y armas para vergüenza propia y advertencia a otros que intentaran lo mismo. Como consecuencia de esta hazaña, unos días después, este «Veneno» tuvo un encuentro violento con los escopeteros que le perseguían. La lucha fue desesperada. A pesar de sus habilidades militares, el bandido cayó al suelo, herido en una pierna. Aún tuvo fuerza, sin embargo, para matar al soldado que corría a prenderle. Finalmente tuvo que rendirse. Conducido a la Cárcel de Sevilla no transcurrirían muchos días hasta que fue conducido al patíbulo, donde acabo sus días rindiendo cuenta de sus fechorías.

Del Tempranillo haré mención aparte, en el tema de los liberales, sin perjuicio de remitirme al trabajo, presentado en este foro en 2004, de  Juan Carlos Torres Jiménez, que recoge la acción combinada del verano de 1830 entre El Tempranillo y Los Botijas y la alarma que produjo en el Gobierno hasta el punto de obligar a una reunión extraordinaria en septiembre de dicho año.

En todo caso, está documentado y admitido por los que se preocupan del tema que los sucesivos Gobiernos de Fernando VII tuvieron que hacer frente al bandolerismo rural. Y, posteriormente, los efectos de la desamortización más el creciente fenómeno del latifundismo andaluz, hicieron difícil la aparición de una clase media agraria y, por el contrario, fomentaron las luchas por la tierra. Ello se agravó con el decreto de disolución del régimen señorial, lo que ocasionaron los grandes pleitos llamados de señorío, lo que a la larga fue motor de agitaciones y recrudecimiento del bandolerismo, como resume Santos al citar los trabajos de Bernal.
 
Y por lo que a Gaucín se refiere, en relación con el famoso ladrón llamado Clavellino (citado en el Diccionario de Medina Conde, al hablar de la Cueva del Gato, según nos refiere Francisco Garrido) he encontrado una venta judicial por un embargo decretado en 1827 por el Capitán General de Granada, y que se ejecutó en 1831 sobre bienes de Domingo Ruiz (a) Clavellino, que dice así:


 

Clavellino en 17.8.1831


VENTA JUDICIAL
JUAN MOREJON VECINO DE BENARRABA
CONTRA
LOS HEREDEROS A DOMINGO RUIZ
 (FOLIO 67 del Protocolo Notarial de Pedro Barroso y Castro)
Gaucin 17 de agosto de 1831
Notorio sea a todos como yo Don Francisco de Gálvez y Fernández, del Concejo de S M  Alcalde  del Crimen de la Real Audiencia de Cárcel de su consejo de esta Villa de Gaucín y lugares de su Jurisdicción, Digo: que en este Juzgado y por presencia del infrascrito Escribano, de esta, siguieronse Autos y causa criminal de oficio contra Domingo Ruiz (a) Clavellino, vecino que fue del de Banarrabá, por insubordinación a la Justicia y uso de armas… por las que fue destinado a presidio  y condenado en costas y habiéndose desertado se le volvió a prender por robos y otros excesos y fue conducido de la Ciudad de Granada desde la villa de Estepona, a disposición del Consejo de Guerra y condenado a la pena ordinaria de garrote y condenado nuevamente en costas, y al pago de los socorros que se le habían suministrado, importando solamente los que habían suplido el Comandante de la Armas de dicha villa de Estepona trescientos seis reales de vellón para cuyo pago se le había expedido Orden por el Excmo. Sr. Capitán General en tres de enero del año pasado de ochocientos veinte y siete y no habiendo para cubrir esta partida, y las crecidas costas a que fue condenado en una y otra causa más… que media casa que como propia del reo estaba embargada por indivisa junto a otra media propiedad de Francisco Ruiz, que esta situada toda ella en el Barrio del Sol de dicho Lugar de Benerrabá lindando por…
(FOLIO 68-VT)

…otorgamos ante el presente escribano  del M...publico y del Cabildo de esta Villa de Gaucín… a diez y siete de agosto de mil ochocientos treinta y uno, siéndolo presente D. José Gomes Carrero Alguacil Mayor de este Juzgado, D. José Bazquez Coral… y D. José Hidalgo Martin….
Siguen las firma de Francisco de Gálvez, rubricada y José Hidalgo y el Ante mi de Diego Barroso y Castro, escribano.

En relación con la citada connivencia de Bandoleros y Liberales, se han puesto de relieve (Rodríguez Martín) los contactos entre José María y José Moreno, alias Joselín, y la participación del Alcalde Gálvez, con la ayuda de vecinos y voluntarios realistas de Gaucín, Genalguacil, Jubrique, Algatocín y Benalauría, para hacer frente a los malhechores. Él mismo describe los encuentros en la Fuente del Lobo, camino de Benarrabá, y en la Cruz del Campo ya cerca del pueblo, donde se apresaron a Andrades, Oliva, de la Cruz, Nicolás Guerra –vecino de Gaucín-, Francisco Jarillo, alias Gregorio Papa y otros dos más de los que no se indicó el nombre. Entretanto, la partida de Jubrique se presentó con tres presos y el cadáver de Joselín, la de Genalguacil con tres más y la de Benaojan con el Ponio y el Zorrilla. Relata el Alcalde Gálvez que estas operaciones tardaron doce días, con el resultado de la prisión en la Cárcel de Gaucín de 21 malvados, pendientes otros 23 e insistiendo en que la finalidad de los mismos no sólo era la de robar, sino que “sólo aguardaban para dar el grito de Constitución, los auxilios pecuniarios que debían remitirles de Gibraltar”. Asimismo consta que a principios de noviembre de 1830 ocupaban la prisión de Gaucín, 43 ladrones, más tres mujeres acusadas de espías y encubridoras, condenándose a la pena de muerte en la horca a 21, entre ellos, el citado Papa y tres (Andrés Muñoz, de la Cruz y el Ponio) cuyas cabezas cortadas serían colocadas en una estaca en la entrada de sus respectivos pueblos, para escarmiento.

 

Firma y rúbrica de Gálvez en 2.1.1829

 

 

 

En relación con el celebre bandido José Moreno, alias Joselín, he encontrado el embargo de bienes del mismo, así como de los de su compinche Francisco Jarillo, alias Papa, seguidos en causa criminal incoada por el celebre Alcalde Francisco Gálvez y Fernández, que dice así:

 

Joselín y Papa en 16.2.1831


VENTA JUDICIAL
JOSE BERMUDEZ DE BENARRABA
CONTRA
LOSHEREDEROS DE JOSE MORENO Y FRANCISCO JARILLO
Gaucin 16 de agosto de 1831

Notorio sea a todos como yo el Licenciado D. Francisco de Gálvez y Fernández del Consejo de S M su Alcalde del Crimen de la Real Audiencia de Cárceles y Mayor de esta Villa y lugares de su Jurisdicción. Digo: Que en mi Juzgado y en la Escribanía del infrascrito se ha seguido causa criminal de oficio contra José Moreno (a) Joselín y Francisco Jarillo (a) Papa, vecinos que fueron del de Benarrabá y otros que fueron de la padilla de foragidos que capitaneaba el primero, en cuya persecución quedo este muerto y substanciada que fue por los tramites legales, se consultó la Providencia definitiva a S M y Srs. Gobernador y Alcalde del Crimen de la Real Chancillería de Granada de donde se devolvió con Real Providencia secreta para la ejecución del auto proveído por dichos Señores en diez y ocho de diciembre ultimo por el que se condeno al Francisco Jarillo con otros en la pena ordinaria de muerte de horca, en los gastos de ejecución y en varias costa y habiéndose embargado por bienes del primero una corta porción de viña en el Partido de la Cuesta de Guzmán, y del segundo un cortinal con algunos árboles frutales en el Partido de Benaubrique de aquella diezmeria que fueron justipreciados por Peritos, la viña en …
FOLIO VUELTO
… y todas las costas y daños que se le siguieren; y confieso que el precio de la viña y el cortinal son las cantidades en que se han traspasado, porque además ha pagado el comprador los derechos de Alcabala y de esta Escritura…
…siendo por testigos presentes don Francisco Moya Corona, Don Manuel Cañamaque y Don Diego Vinet de esta vecindad…
Firmado y Rubricado Francisco de Gálvez – Ante mi, Pedro Barroso y Castro

(Tomo nota de que, de los testigos, Cañamaque antes nos lo hemos encontrado entre los imputados por contrabando, y Vinet es uno de los realistas que denuncian por infidencia a los liberales de Gaucín)

En relación con la misma causa, consta otra escritura, en relación con la equivocación sufrida por la prisión de un vecino de Benarrabá por confundirlo con un individuo de la partida de Joselín, apodado Coronel, que dice así:

Folio 30
FIANZA DE CARCEL SEGURA
LA REAL JUSTICIA DE ESTA VILLA
CONTRA
PEDRO VELASCO JARILLO
Gaucín 26 de Mayo de 1832
Notorio sea…vecino que soy del lugar de Benarrabá de esta Jurisdicción
, residente que soy en esta Villa, Digo que en el Juzgado Real ordº de ella se siguen autos criminales contra varios reos y vecinos del expresado lugar como individuos de la cuadrilla de bandidos que capitaneaba el difunto José Moreno (a) Joselín, en las cuales se ha procedido por una equivocación a la prisión de Antonio Trujillo en el concepto de que tenia el apodo de Coronel en cuya consecuencia solicito se le pusiese en libertad y que a lo más se le concediese fianza de cárcel segura, a lo que defirió el Sr. Juez por Providencia de cuatro de abril anterior, y en este estado me ha suplicado se la formalice, y por hacerle bien y merced…carcelo conbentariense y me obligo a volverlo a la prisión…
Folio 30 vuelto Testigos D. Manuel Cañamaque y Jiménez, D. Pedro Barroso y Gallo y Antonio Ochoa...Pedro Velasco, rubricado.- nte mi Pedro Barroso y Castro

 

Joselín y Coronel

Como se ve, el otorgante de las anteriores escrituras de Venta Judicial es el conocido personaje don Francisco de Gálvez y Fernández, que tuvo especial protagonismo en el apresamiento de la partida de Josef Moreno, alias Joselín, cuyo cuartel general estaba en la cercanía de la villa de Benarrabá, en la muerte de éste (en agosto de 1830) y en el ahorcamiento de Francisco Jarillo, alias Papa (en diciembre siguiente), así como en otros acontecimientos represivos que afectan a vecinos de Gaucín, en especial en relación con los elementos liberales, como veremos más adelante al relatar la muerte de Salvador Manzanares y el apresamiento y posterior fusilamiento de 16 de sus compañeros (hechos que tuvieron lugar en marzo de 1831).

No quiero terminar este apartado sin hacer constar las anotaciones que he encontrado en los Libros Sacramentales de Gaucín en el ACM.

Sobre los enterramientos de las personas ejecutadas, la costumbre es utilizar la expresión marginal caridad, en los efectuados, generalmente el mismo día de la muerte a garrote, horca o por el método  más o menos expeditivo que se usase. Eso sí, habiendo recibido Los Santo Sacramentos, como daba fé D. Rodrigo Pérez Palacios.
Así, a finales de mil ochocientos treinta, y coincidiendo con la captura y muerte de los bandoleros citados, se encuentran los nueve siguientes enterramientos “de caridad”:
El día 27 de diciembre, Francisca Carrasco Moyano.
El día 29, Sebastián González, de Benarrabá

 


 

 Caridad 27-29 dic 1830

 


El mismo día 29 de diciembre de 1830, Juan Maria de la Cruz Contreras Ximenez (de Casares), Bartolomé González (de Casares), Francisco Xarillo Blásquez (soltero, natural y vecino de Benarrabá, hijo de Xristobal y de Teresa), Francisco Pérez Barragán (de Cortes), Juan Piña Rodríguez (de Genalguacil), Miguel Pérez Cózar (de Genalguacil) y Andrés de Malta Ríos (también de Genalguacil)

 


 

Caridad 29.12.1830

 

 

Caridad 29 12 1830
Y ya, en la primavera de 1831, coincidentes con los sucesos de D. Salvador Manzanares, aparecen los siguientes enterramientos:

El doce de marzo, D. José Montalvo, soltero, natural de Lorca, Reyno de Murcia, probablemente Voluntario Realista o perteneciente a alguno de los Regimientos que intervinieron, dado el tratamiento de Don con que figura inscrito, tratamiento que era muy estricto en aquellos tiempos.

 

Caridad, marzo 1831
El trece del mismo mes, se entierra al Cabo 1º de la Sexta Compañía del Regimiento Provincial de Soria, Limo León de Alfaro (natural de San Pedro Manrique obispado de Calahorra) y a Francisco Godinos Medina (de Gaucín, hijo de Antonio y María).
 

Caridad, marzo 1831
Y el siguiente mes de abril, el día 4 recibe sepultura el cadáver de Juan Rodríguez (también natural de Lorca) y el siguiente día 24, el de Antonio Ortega, soldado de la Compañía de Cazadores del Regimiento Provincial de Guadix (natural de Castril de este Reyno de Granada).


 

Caridad, abril 1831
Falleció Andrés Masias Barranco, natural del Lugar de Algatocín, el día 11 de mayo  y Bárbara González de la Casa, de Gaucín,  el día 24 de dicho mes.

 

 

Caridad, mayo 1831

 

Caridad mayo/junio 1831


Por último, reseñar los enterramientos de Pedro González Escoval y Francisco Prieto Veladez, en el mes de junio de este funesto año.

Todos ellos, con el sambenito de caridad

 

 

 

 


3.- DON FRANCISCO DE GALVEZ Y FERNANDEZ.-


Una vez que hemos reseñado algunos documentos relacionados con los contrabandistas y bandoleros de nuestro entorno, y antes de examinar  el viejo enfrentamiento entre las familias liberal y realista de Gaucín, vamos a detenernos en la cuestión conexa del ambiente de represión cuyo exponente máximo lo fue el Alcalde Mayor de Gaucín, después Alcalde del Crimen de la Real Chancillería, Don Francisco de Gálvez y Fernández.

Como se sabe, la proliferación de ladrones, asesinos y bandas de forajidos, se intentó atajar por los gobernantes, entre otras maneras, otorgando honores y distinciones a los funcionarios y personajes que se destacan por su intrepidez y arrojos personales en perseguir a los bandoleros. Este es el caso de nuestro personaje, el Alcalde Mayor de Gaucín, Don Francisco de Gálvez y Fernández.

Así, la actuación relativa a los forajidos de Benarrabá le valió el nombramiento y los honores de Alcalde del Crimen de la Chancillería de Granada, según el texto que se publica en la Gaceta de Madrid, con fecha 7 de octubre de 1830 (Hemeroteca Municipal de Madrid, Ref. 2001-2053, Pág. 496), que García Cigüenza y otros autores trascriben con el siguiente contenido literal:

Los repetidos robos, asesinatos y demás violencias que de algunos meses a esta parte cometían impunemente varias cuadrillas de bandidos en los pueblos de la Serranía de Ronda habían hecho intransitables las comunicaciones de unos con otros, y reducidos sus habitantes a tal estado de opresión, que ni aún en sus propias casas podían considerarse libres de sus asaltos, ni se atrevían tampoco, a pesar de serles bien conocidos los más de ellos, a denunciarlos a las autoridades, ni menos a perseguirlos éstas, por temor de experimentar sus venganzas y atrocidades.

El Alcalde mayor de Gaucín, en aquella serranía, don Francisco Gálvez y Fernández, que había principiado a perseguirlos, y aprehendidos ya cuatro de esos criminales con el corto auxilio de algunos voluntarios realistas, tuvo noticias fidedignas de que esas cuadrillas se engrosaban cada día, pues pasaban ya de 50 el número de ellos, y que trataban de reunirse y pasar a dicha villa para poner en libertad a sus compañeros, asesinar al mismo Alcalde mayor, continuar sus excesos y atentados sin oposición y resistencia alguna, y acaso con el designio, todavía más execrable, de alterar el orden y la tranquilidad pública, de que afortunadamente se goza por efectos de las enérgicas medidas tomadas por el valiente y activo Gobierno de S. M. para alejar y reprimir el desorden doquiera que se produzca.

El peligro de que se verificasen tan graves males era inminente, y su remedio mucho más difícil se realizaba la reunión de los malvados antes de recibir auxilio de la componente fuerza armada que Gálvez había solicitado, y se había ofrecido por el Capitán general. En aquellas críticas circunstancias, pues, deseoso de libertar a aquellos pueblos de tan triste situación, sin aguardar a la llegada del auxilio, y arrostrando todo genero de fatigas y peligros, tomó este Alcalde mayor la intrépida y arriesgada resolución de atacar y exterminar a los malvados en el pueblo de Benarrabá, distante poco más de una legua de Gausin, donde sabía se hallaban reunidos sus… principales cabecillas.

…una cuadrilla como de 20 hombres, montados algunos de ellos, que se dirigían por el camino donde se hallaban apostados los voluntarios realistas de Gausín. Dado el "¿Quién vive?", por la avanzada de éstos, y habiendo contestado aquellos con dos tiros, dispuso Gálvez que su gente tomase los dos lados del camino, y roto un vivo fuego de ambas partes, huyeron luego los malvados precipitadamente, los cuales, perseguidos con intrepidez por los voluntarios, vinieron a caer sucesivamente sobre los puntos que ocupaban las partidas de Ubrique y Algatocín, y fueron rechazados igualmente por el inesperado y bien sostenido fuego de éstas, que causó su completa derrota y dispersión, habiéndose dividido después dichas partidas para correr el campo y continuando el fuego por intervalos el resto de la noche, al perseguir los criminales en todas direcciones.

Al amanecer del 28 se reunieron las expresadas partidas en Benarrabá, conduciendo cinco de dichos bandidos que habían aprehendido, alguno de ellos heridos, y además muerto a Josef Moreno (alias Joselín), capataz de la gavilla, sin haberse experimentado desgracia alguna por parte de los voluntarios realistas. Restituido el expresado Alcalde mayor con los presos a Gausín, después de haber registrado el citado pueblo, y habiendo exhortado enseguida a algunas justicias de los inmediatos de la prisión de los fugados antes de darle tiempo para que volviesen a reunirse, se verificó la de otros 11, que también pusieron a disposición dichas partidas; por manera que al cabo de doce días logró reunir en aquella cárcel 20 criminales de la mencionada cuadrilla, incluso los cuatro aprehendidos antes de la referida acción, y que el feroz Joselín, capataz de ellos, haya recibido con su muerte el castigo tan merecido por sus atrocidades. Enterado, pues S. M. con satisfacción del brillante resultado que han tenido las enérgicas y acertadas disposiciones tomadas por el benemérito Alcalde mayor de Gausín, don Francisco Gálvez y Fernández, para el exterminio de las indicadas gavillas de bandidos, y que con expresión de los sujetos que le han auxiliado en tan noble empresa refiere circunstancialmente en el parte que ha elevado al Ministerio de Gracia y Justicia con fecha 13 de septiembre último, y habiendo sido sobre el particular a su Consejo de señores Ministros, ha tenido a bien, conformándose con su dictamen, resolver, entre otras cosas, se imponga sin dilación a los reos aprehendidos el castigo correspondiente según las leyes a la enormidad de sus crímenes; que el expresado Alcalde mayor se le concedan los honores de Alcalde del Crimen de la Chancillería de Granada, recomendándosele a la Cámara para que se le adelante en su carrera; que se instruya formalmente el oportuno expediente sobre el relevante mérito que han contraído los voluntarios Realistas y demás personas que han concurrido a la referida acción contra la dicha gavilla de bandidos para premiarlas debidamente y que se publique además en la Gaceta este importante servicio para satisfacción y a fin de que tan recomendables pruebas de valor, Antón y celo por la conservación del orden y tranquilidad pública se imiten por los demás Jueces y pueblos del reino"

Como consta, la referencia al designio, todavía más execrable, de alterar el orden y la tranquilidad pública, tiene el punto de mira en las posibles connivencias de los bandoleros con los políticos liberales, como ha sido puesto de relieve con más detenimiento por Juan Carlos Torres Jiménez, en el tema de los Botijas.

Especial mención hace Rodríguez Martín de  la postura que toma el Alcalde Gálvez en esta cuestión, que advierte al Gobierno que desde mayo de 1830 viene creciendo el número de bandoleros, quienes con sus crímenes están creando una situación de pánico alarmante en la zona. Para remediarlo solicitó del Capitán General de Granada la fuerza militar capaz de combatirlos, dando un matiz político a la cuestión al indicar, en comunicación de fecha 10 de septiembre de 1830 (Leg. 49 del AMJ), que

tuve noticias fidedignas de que todas las cuadrillas que inundaban estos terrenos trataban de reunirse, no  ya para robar solamente sino es también para atentar contra el Gobierno legítimo que felizmente nos rige, y como de llegar a verificarse esa reunión tal vez me sería imposible contrarrestar esta fuerza, porque su numero podría ascender a más de cincuenta malvados.


El tan traído y llevado Alcalde de Gaucín, Don Francisco de Gálvez y Fernández, tiene, pues, una larga historia, forjada en la lucha sin cuartel contra bandoleros, contrabandistas y liberales de su época, de los que ya conocemos algunos episodios por los documentos que hemos reseñado. Independientemente, voy a transcribir otros testimonios que he encontrado en los Protocolos Notariales de la época, verdaderas fuentes de nuestra historia.

Sabemos que era Alcalde Mayor en 1826, lo era en 1828, 1829, 1830 y 1831. El cargo de Alcalde Mayor  -Juez de letras que ejercía la jurisdicción ordinaria en algún pueblo, y que en las capitales asesoraba al Corregidor, cuando éste era lego-, tenía una duración de seis, salvo remoción o ascenso, por lo que es probable que recalara en Gaucín en 1826, sin que me conste su naturaleza. Lo que si ha de consignarse es que no lo era de Gaucín, por así prohibirlo la Novísima Recopilación.

El Corregidor, como indica Joaquín Escriche, era el magistrado que en su territorio ejercía la jurisdicción civil y criminal en primera instancia y también ejercía una especie de inspección en lo político y económico en los pueblos o partidos que les estaban asignados; y también se conocía como tal al  Alcalde que libremente nombraba el rey en algunas poblaciones importantes para presidir el Ayuntamiento y ejercer varias funciones gubernativas. Los había letrados, de capa y espada y políticos y militares. Desaparecieron cuando se crearon los jueces letrados de primera instancia con competencia en asuntos civiles y criminales, pasando los gubernativos a los Alcaldes.

En algunos casos, en época posterior a las que nos ocupa, existieron los Alcaldes Corregidores, cuyo nombramiento era facultad del Rey, con la finalidad de no verse en la precisión de elegir para el cargo de alcalde a una persona inconveniente. Y. más tarde, apareció la figura del jefe de distrito

En realidad, había un tratamiento similar para Alcaldes mayores y Corregidores y corrieron la misma suerte, hasta su desaparición y sustitución por los jueces letrados de primera instancia.

A este respecto, merece citarse el caso de Francisco Antonio de Moya,  Alcalde Mayor de Gaucín de 1810 a 1814, donde se arruinó por

 los indecibles quebrantos que he padecido en esta villa el tiempo de quatro años que he exercido en ella el empleo de Alcalde Mayor y los treinta meses sufridos en las continuas Inbaciones de Guerra que los enemigos han verificado en ella hasta el extremo de verme próximo a perder la vida verificándose la total elm.. vienes...
 

Como nos dice en escritura de  poder otorgado el 29/10/1812 ante el Notario de Gaucín  Silvestre Bruno Pérez, previa petición fue nombrado por Orden de 16/10/1814 de Fernando VII para

la vara de Alcalde Mayor de de la villa de Gandia, cuya noticia me comunica el Excmo. Sr. Duque del Infantado Presidente del Consejo de Castilla...

y para responder de dicho nombramiento suscribió ante el mismo Escribano, en 25/10/1814, Escritura de

Obligación a pagar en los dos años siguientes a hallarme posesionado en dicha vara el derecho a la media annata…

Firma como testigo, entre otros, Don Diego Antonio Pérez de Palacio, de esta vecindad Abogado de los Reales Concejos, lo que pone de relieve la importancia de Gaucín para el poder absoluto de Fernando VII. El propio Moya se presenta, asimismo con el título de Corregidor,  en escritura de venta judicial, de Pedro Buron contra don Juan Josef Benites (por así haberlo proveído el Sr. Comandante General de esta Serranía -a la sazón el General Serrano Valdenebro- que así éstas como las demás de su clase se exigiesen y cobrasen para atender a los presisos gastos de la guerra en defensa esta Sierra). En la misma, de fecha  9 de mayo1811, otorgada ante el Escribano Bruno Pérez, nos dice

…notorio sea como nos don Francisco Antonio de Moya, Abogado de los Reales Consejos Corregidor de esta villa de Gaucin y sus Lugares, digo: que siendo…
 
Sin embargo, existe una Escritura de 16.7.1808 para la subasta de una casa en el partido de la Atalaya (y varias más, en otras fechas de 1808) en las que ya aparece Don Francisco Antonio De Moya,  como

Abogado de los Reales Consejos, Corregidor, Justicia Mayor y Capitán de Guerra de Gaucín y subdelegado en la venta de vienes  eclesiásticos y Capitanías en ella y Pueblos que le están señalados por Comisión del Sr. D. Pedro Ximeno que lo es Regio en la Ciudad de Málaga de cuya Diócesis es esta expresada Villa...

D. Diego Crespo León fue también Corregidor de Gaucín en 1796 (así figura en escritura ante D. Silvestre Bruno Pérez en 5 de mayo), y consta en Acta de la vista del Sr. Obispo para la Confirmación, donde Crespo fue Padrino de los Varones y su esposa Doña Maria Pardo, de las Hembras


 
D. Diego Crespo, Corregidor

 

Así cómo, en el año 1801, D. Francisco de  Paula Amador Moreno, consta que era Corregidor y Capitan a Guerra de esta Villa y sus lugares, según figura en el acta de nacimiento de su hija Maria del Rosario

 

D. Francisco de Paula Amador, Corregidor
Volviendo a nuestro personaje, D. Francisco Gálvez y Fernández, sabemos que el Alcalde Mayor ejercía la jurisdicción ordinaria en un pueblo o partido, pueblo que debía tener más de trescientos vecinos. En virtud del Real decreto de 15 de septiembre de 1814, eran nombrados por el Rey a consulta del Consejo de la Cámara, así en los pueblos señoriales (caso de Gaucín) como realengos, y no por los señores o corregidores o gobernadores políticos o militares. Se requería ser abogado, mayor de 26 años, hijo legítimo, de buena vida y costumbres, así, como ya se ha dicho, no ser natural del distrito en que ha de ejercerse la jurisdicción. Era, pues, una cargo de mayor autoridad al Alcalde Ordinario o  vecino de un pueblo que ejercía en él jurisdicción ordinaria.

Como veremos por los documentos que transcribimos a continuación, éste era el caso de Gaucín, donde Gálvez ejercía de Alcalde Mayor, junto a los Alcalde Ordinarios. Posteriormente, Gálvez fue ascendido a Alcalde del Crimen  (que era el de la Sala del Crimen que había en las Chancillerías de Valladolid y Granada y en algunas audiencias del Reino, el cual era juez togado y tenía, fuera de su tribunal, jurisdicción ordinaria en su territorio).

Pues, bien, a continuación reseño tres escrituras en las que interviene Don Francisco Gálvez y Fernández, en su calidad de Alcalde Mayor.

FOLIO 132
PODER
EL AYUNTAMIENTO DE ESTA VILLA
A
DON MANUEL ROMERO SAAVEDRA Y
DON NICOLAS ANTEQUERA
Gaucin, 26 de diciembre de 1826
Notorio sea como nos el Consejo, Justicia y Regimiento de esta Villa, a saber, el Licenciado Don Francisco de Gálvez y Fernández Alcalde Mayor, Don Antonio de Casas y Don José Gomes como Alcaldes Ordinarios, Don Antonio Hidalgo y Don Juan Carrasco Regidores, Don José Basquez Diputado del Común y D. José Toledo y Aragón Sindico Provisor General, juntos y en las casas Capituleares como lo habemos de uso y costumbre para tratar y conferir las cosas tocantes al bien y utilidad de de este Concejo y vecindario por nos y a nombre de los demás capitulares que son y fueran de este Ayuntamiento por quienes prestamos voz y caución de rato grato en forma expresa obligación que hacemos de que estarán y pasaran por lo que aquí se contendrán, otorgamos por el tenor de la presente poder… a…especial para que…comparezca ante S M y Srs del Real Acuerdo de dicha Real Chancillería a exponer las razones y fundamentos que a esta Villa le asisten para contradecir y oponerse a la solicitud que algunos vecinos del Lugar de Algatocín de esta Jurisdicción---------------------------- (para solicitar el privilegio de Villa)
FOLIO 132 VUELTO
…………..a cuyo fin y que hagan manifiesta la falsedad de las causas y motivos que han expuesto presenten pedimentos documentos y toda clase de recursos tachen y contradigan cuanto han expuesto y expongan los que pretenden dicho privilegio ya por la falta de fundamentos en que lo apoyan como por los perjuicios  que por su concesión se inferirían a aquel vecindario porque no siendo Pueblo capaz de obtener y regentar la tal jurisdicción tampoco lo es para sostener un juez de letras por su cortedad de vecindario y miseria de sus habitantes; para todo lo que…. Damos el más amplio poder….…Siendo testigos Don Diego Vinet, D. Pedro Barroso y Gallo y D. Manuel Ochoa...

Siguen las firmas y rubricas de Francisco de Gálvez y Fernández, Antonio de Casas, José Gomes, Juan Carrasco, Antonio Hidalgo, José de Toledo y Aragón y José Basquez, y el fedatario Pedro Barroso y Castro

(Observo que los testigos son los mismos que figuran en las escrituras sobre las fianzas en el tema de Contrabando, del mes de septiembre del mismo año 1826)


PODER DEL CONSEJO, JUSTICIA Y REGIMIENTO
A
DON RAMON DEL PRADO
Gaucín, 20 de julio de 1828.-
Notorio sea a todos, como Nos el Concejo, Justicia y Regimiento de esta Villa de Gaucín, a saber el Licdo d. Francisco Gálvez y Fernández, Alcalde Mayor, Dn Francisco Gavilán Godinos, Dn José Silverio, Dn Juan Estevan Vallecillo y Dn Juan Andrades Godinos, Regidores, Don Joaquín Fernández Diputado del Común, Dn Juan Nieto y Dn Fernando Carrasco, Síndicos Principal y Personero, juntos en nuestro Ayuntamiento como lo hacemos  de uso y costumbre para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y utilidad de este Consejo y vecindad  para nos y a nombre de los demás Capitulares que son y fueren en adelante a los que prestamos voz y caución de rato o rato otorgamos por el tenor de la presente y damos y conferimos todo nuestro poder…

Folio 1
PODER ESPECIAL
EL AYUNTAMIENTO DE ESTA VILLA
A
EL PROCURADOR – DE CAMPO Y FRANCISCO DE PAULA PALACIO
Gaucín, 2 de enero de 1829
Notorio sea como nos el Consejo, Justicia y Regimiento de esta Villa, a saber el Licdo Dn. Francisco de Gálvez y Fernández Alcalde Mayor de S M de ellos, Dn Francisco Gavilán Godinos, D. Juan Estevan Vallecillo, D. José Silverio y D. Juan Andrades Godinos Regidores y D. Joaquín Marín  (en la firma Mª) Fernández Diputado del común juntos en dicho Ayuntamiento como lo abemos de uso y costumbre para hablar y conferir las cosas tocantes y pertinentes al pro y utilidad de este Concejo y vecindario por nos y a nombre de los demás capitulares que son y fueren en adelante por quienes prestamos voz y común….prestamos poder cumplido bastante el que por derecho se requiere y es necesario al dicho Sr. Dn. Francisco de Gálvez y Fernández o al Capitán Don Francisco de Paula Palacios de esta vecindad especial para que a nombre del este Ayuntamiento y en su representación pase uno u otro a la Ciudad de Málaga y solicite en la Intervención de la Provincia…una liquidación general de todas las contribuciones…
FOLIO 1 VUELTO
… siéndolo presente D. Pedro Barroso D. Manuel Cañamaque y Manuel Ochoa…
Siguen las firmas y rubricas de Francisco Gálvez y Fernández, Francisco Gavilán, Joaquín Mª Fernández.- Testigo Pedro Barroso y Gallo.- Ante mi Diego Barroso y Castro

(Los testigos Barroso y Ochoa, son los mismos que en el tema del contrabando –aunque en este el año era el 1826- y Cañamaque era uno de los implicados, junto a su padre José y hermano Antonio. Sigue, pues, la implicación entre los intervinientes y testigos, en uno y otro caso, lo que abona la tesis de que todos ellos eran del bando de los realistas y, a la cabeza de ellos, el Alcalde Gálvez)

Y el Capitán Francisco de Paula Palacios, también apoderado por el Cabildo, aparece como Alguacil Mayor del Santo Oficio  y padrino de los Varones, en el Libro de Confirmados.
 

 

D. Francisco Palacios, Alguacil Mayor del Santo Oficio

 

 

4.- EL TEMA DE LOS LIBERALES Y REALISTAS

 

En la España absolutista de la Década Ominosa, se estaba cociendo el caldo del liberalismo revolucionario, que estallaría a la muerte del Rey en 1833.

En el año 1830, se vivieron los sucesos de julio en Paris, a los que alude Merinmée en su carta a Albert Stapfer el 4 de septiembre, desde Sevilla, la misma en que narra sus impresiones sobre Sevilla y Córdoba (en la siguiente, desde Granada el 8 de octubre, cuenta Merinmée su paso por Gaucin),  sucesos de julio, a los que llama las farsas que han representado ustedes allá… no me consuelo de haberme perdido un espectáculo que sólo se da cada mil años.

El 29 de julio, después de las denominadas ‘tres jornadas gloriosas’ (27, 28 y 29 de julio), toda la ciudad estaba en manos de los insurgentes; Carlos tuvo que abdicar y huir a Gran Bretaña. Los liberales defendieron la instauración de una monarquía limitada, al frente de la cual estaría Luís Felipe, duque de Orleáns, que el 9 de agosto fue proclamado rey de Francia con el nombre de Luís Felipe I.

Todo ello repercutió en la España del momento.

Este ambiente de conspiración frente al poder absoluto que se padecía en España, es lógico que se viviera en la serranía, máxime cuando nos son conocidas las conexiones de los bandoleros habituales de nuestras tierras y en Andalucía (José Maria el Tempranillo, los hermanos Botijas, etc.) con los liberales.

En el verano de 1831 Torrijos llevaba casi un año intentando desde Gibraltar fomentar y dirigir la rebelión de las provincias del sur. Había llegado clandestinamente a su nuevo refugio inglés en 9 de septiembre de 1830, procedente de Marsella, después de abandonar el exilio de  Londres. Pretendía impulsar desde dentro del movimiento general que derrocaría al régimen absolutista.

 

Ambiente romántico

Todas las tentativas habían fracasado hasta entonces: los ataques sobre Algeciras en Octubre de  1830, la expedición de Manzanares y la guerrilla de la serranía de ronda, en febrero y marzo de 1831, Los contactos y tramas que se descubrieron, dieron lugar a nuevas detenciones y ejecuciones, como la que llevó al cadalso en Granada a Mariana Pineda el 26 de mayo de ese mismo año 1831, aunque ésta no estaba relacionada con el grupo de Torrijos. Se creó así un clima de represión generalizada que agravó la inestabilidad de la situación política. Para el gobierno, la existencia de los emigrados de Gibraltar  era una realidad incómoda e inoportuna que se dispuso a cortar tajantemente.

 Sin embargo, este clima de conspiración  y represión  ya se venía respirando en Gaucín inmediatamente restaurado el absolutismo, al caer el trienio liberal. Y desde el año 1824 tengo constancia de estos movimientos, simbolizado en las contiendas entre los grupos liberal y absolutista, capitaneados por José Serrano Sánchez y Antonio de Molina Navarro, respectivamente. A ellos voy a dedicar este capitulo del presente trabajo, sin perjuicio de hacer una referencia posterior a las fracasadas expediciones de Salvador Manzanares y Torrijos y sus concomitancias con los realistas y liberales de Gaucín.

En esta década nos encontramos con las denuncias que absolutistas hicieron contra liberales de Gaucín, comprensivas de numerosos delitos, tales como los de infidencia, desafección y otros excesos, reuniones subversivas, imputaciones de sospechosos y desafectos, etc.

Desafección, según la Real Academia, es mala voluntad. Infidencia, violación de la confianza y fe debida a alguien; en general, la falta que se comete por el hecho de no corresponder a la confianza que se ha puesto en él, pero en aquel entonces se aplicaba principalmente esta denominación al delito político en que uno incurre por su inteligencia con los enemigos del Rey o del Estado, aunque se usaba con más especialidad en la milicia. Según las normas penales de aquellos tiempos, en las ordenanzas del ejercito se incluía la inteligencia o correspondencia con el enemigo, el revelar las comisiones que se le encomendasen, incluso el revelar el santo y seña (según el Diccionario de Escriche) y comprendía incluso las causas por contrabando como resulta del escrito del Regente de la Real Chancillería de Granada de 22 de noviembre de 1842 (trascrito por Francisco Garrido) sobre la corrupción existente y que indica de lo que se deduce que el contrabando en la Costa de Granada y su Reyno no es nuevo y menos en Grazalema y la serranía de Ronda, y no será extraño se haya aumentado en el desgraciado tiempo de la revolución; más de aquí no debe inferirse desafección de  parte de los habitantes… que se armaron contra los revolucionarios…todos los Pueblos destacaron una parte importante de sus habitantes a la destrucción de ellos…, sin duda refiriéndose a los llamados Voluntarios Realistas, que no sabemos si eran más dañinos, en sus intenciones de rencillas y  venganza, que los propios revolucionarios. En el testimonio de 1931 que trascribo más adelante, se habla de desafección y de atribuirles reuniones subversivas y hechos infidentes al legítimo Gobierno.

La referencia, por lo que a liberales y realistas se refiere,  en la cronología del Protocolo examinado de aquellos años, correspondiente al Notario D. Pedro Barroso y Castro, es la siguiente.

 

1824

En este año, a la salida misma del trienio liberal, se abrió causa criminal por infidencia contra José Gomes Tineo, Presbítero, según consta en escritura de 20 de noviembre de 1826 (ver luego, en su fecha), cuyo resultado no se le había comunicado todavía. En ella se dice

…la causa que se le ha seguido en el pasado año de ochocientos veinticuatro se me formo por infidencia y de su orden se me ha seguido en el Jugdo de Guerra de la Plaza de Málaga con asistencia de un conjuez eclesiástico…


1825

1 de octubre de 1825
Causa criminal por sospechosos y desafectos (apelación)

Es la primera noticia que tengo de la denuncia formulada por los realistas o absolutistas de Gaucín contra los liberales


 

Poder de los liberales en 1.10.1825


FOLIO 140
PODER
DON JOSE SERRANO ESPINOSA Y OTROS
A
DON JOSE SERRANO SANCHEZ Y DON MANUEL ROMERO SAABEDRA
Gaucín 1º de octubre de 1825
Notorio sea como nos Dn José Serrano Espinosa, Dn José Gómez Prob, Dn Francisco de Paula Galán y Dn José Cabrera Pérez, vecinos que somos de esta villa de Gaucín, juntos y de mancomun a voz de uno y cada uno de nos por si para el todo in solidum decimos que en el Juzgado de Guerra de la Capitanía general de este Reino de Granada se ha sentenciado una causa que se ha seguido contra nosotros y otros en el Juzgado del Sr. Gobernador Militar de Málaga por habernos calumniado de sospechosos y desafectos al Gobierno legitimo de S M,
 por cuya Providencia definitiva se nos ha declarado libres de los cargos que se nos imputaban, y se ha condenado en costas y varias multas a Antonio Molina, José Cañamaque y a Don Francisco de Paula Vinet que fueron informantes y a los testigos que falsamente declararon por el complot y reunión que para ello formaron con otras varias penas que de la misma Providencia resultan, a la que parece han tratado de apelar dichos calumniadores, y en dichas circunstancias deseando nosotros el que se lleve adelante tan justa resolución y además se haga ver en todos los Tribunales las tachas legales de los mismos acusadores y testigos aun más allá de lo que ya se ha provado, hemos determinado autorizar a personas que a nuestro nombre lo hagan y practique en nuestro nombre cuantas gestiones… otorgamos por el presente…
FOLIO 140 VUELTO
a Don José Serrano Sánchez, de esta vecindad y otro de los acusados y a D. Manuel Romero Saabedra Procurador de numrº de la Real Chancillería de Granada, a ambos juntos y a cada uno…. para que contradigan las pretensiones que deduzcan o hayan deducido los citados calumniadores , solicitando se lleve a pura y debida ejecución la sentencia que se ha dictado en la causa y que se desprecien cuantas solicitudes hagan aquellos y que además pidan la formación de causa contra algunos por los crímenes que ya están indicados en la causa a cuyo fin presenten los pedimentos… testigos Diego Sánchez, Diego Moreno Pérez y Dn Vicente Palacios, de esta vecindad… Siguen las firmas y rubricas de Juan Gomes Tineo, José Serrano Valdenebro Sánchez, Josef Cabrera, José Serrano Espinosa,

Forman el grupo de liberales denunciados por los absolutistas, los firmantes de la escritura D. Juan Gómez Tineo (que era Presbítero y otorgó poder en solitario en escritura del siguiente mes de noviembre, que se trascribe a continuación), José Serrano Valdenebro Sánchez (hijo, como sabemos, del General y Comandante en Jefe de la Serranía en la Guerra de la Independencia, D. José Serrano Valdenebro), D. Francisco de Paula Galán, Josef Cabrera y D. José Serrano Espinosa (segundo esposo de Doña Buenaventura Sánchez Hernández de Villegas, que lo había sido en primeras nupcias del citado General y, que por tanto, era padrastro de José Serrano Sánchez), aparte del denunciado que se cita en primer lugar por los denunciantes en el Poder del día 3 de este mes que trascribo a continuación, D. Nicolás Rendón Barroso (que estaba casado con María de Molina Salas, hija, como veremos, de uno de los principales denunciantes, D. Antonio de Molina Navarro).(Curiosamente, como ya indicamos en sus biografías, los herederos de los cabecillas, Teodoro de Molina Fernández y Francisca Faura Serrano, se casaron en 1905)

 

Teodoro de Molina F. y Francisca  F. Serrano

Por ahora, se citan como denunciantes (realistas) al citado Antonio  Molina (Navarro), que parece ser el cabecilla de este grupo (y así figura como veremos en primer lugar en el testimonio definitivo de 1831), Francisco de Paula Vinet y José Cañamaque, que actúan como informantes (de la acusación desestimada por el Juzgado de Guerra de la Capitanía General), así como a los testigos en la denuncia (cuyos nombres no nos constan)

De esta escritura de poder, precisamente a favor, no sólo de un Procurador de Granada, sino también de otro de los acusados, José Serrano Sánchez, parece deducirse que éste, pese a su juventud, pues tenía 21 años, merecía la confianza del resto de los acusados, lo que también es comprensible por la aureola liberal de su padre, el General Serrano Valdenebro, hasta el punto de que, como ya he resaltado en otra ocasión, al joven Serrano Sánchez le gustaba firmar y que le llamasen Valdenebro.

Por otra parte, será interesante estudiar la causa criminal en toda su extensión para, entre otras cosas, conocer cuales fuesen los restantes crímenes que ya están indicados en la causa, como nos dicen los propios poderdantes, así como cuales eran los testigos también condenados, etc.


3 de octubre de 1825
Causa criminal por desafección al Gobierno y otros excesos


 

Poder de los realistas en 3.10.1825


FOLIO 141
PODER
 DON JUAN DEL ROSARIO GIMENEZ
A
DON RAMON BRAVO  PROCURADOR DE GRANADA
 Gaucín 3 de octubre de 1825
Notorio sea a todos como yo, Juan del Rosario Giménez…otorgo poder...comparezca en el Juzgado de Guerra de la Capitanía General de este mismo Reino y reclame y apele de la Providencia definitiva dada en veinte y nueve de agosto anterior en la causa criminal seguida en el Juzgado de Guerra del Gobernador Militar y Político de Málaga contra Dn Nicolás Rendón y otros vecinos de esta Villa por desafección al Gobierno legitimo del Rey Ntro Sr. y otros excesos, continuando los recursos en el Juzgado que sea competente hasta que se reboque en todas sus partes, y así mismo se lo doy poder general….
FOLIO 141 VUELTO
… como se contiene así lo otorgo ante el presente escribano de S.M público único y del Cabildo… siendo presentes por testigos Dn Diego Moreno Pérez, Dn Damián Jiménez Mateos y Diego Vinet García Firmado y rubricado Juan del Rosario Ximenez.-Ante mi Diego Barroso y Castro

De aquí se deduce:
-Que sólo uno de los denunciantes/realistas, Juan del Rosario Ximenez, concede el poder para apelar.
-Que uno de los más destacados del grupo de liberales debió ser D. Nicolás Rendón pues contra él se inicia la denuncia por desafección.
-Que la denuncia terminó en primera instancia, en el Juzgado  de Guerra del Gobernador Militar y Político de Málaga, de forma desfavorable a los denunciantes que dan este poder al Procurador de Granada, D. Ramón Bravo, para que la recurra continuando los recursos en el Juzgado que sea competente hasta que se reboque en todas sus partes.
-Me queda la duda de si la providencia de 29 de agosto se refiere a la sentencia de la Capitanía como se dice en el anterior Poder de los liberales. Mientras que el siguiente poder de los realistas, en enero siguiente, (en el que ya comparecen, no sólo Rosario Ximenez, sino el resto de los realistas/denunciantes) se refiere a la apelación de dicha sentencia de la Capitanía y, por eso, se dio poder al Procurador de Madrid. Y, posiblemente –si es correcta esta hipótesis- también el poder de los liberales hacia referencia (aunque citan a la Capitanía) a la sentencia o providencia del Juzgado de Málaga, y, por eso, los liberales, que habían otorgado el poder de octubre de 1825 a Romero Saabedra, Procurador de la Real Chancillería, otorgan el nuevo poder el 16 de mayo de 1826, a procuradores de Madrid.

De todas formas en el testimonio resumen de 1831, que se trascribe más adelante, la sentencia o providencia definitiva de 29 de agosto de 1825, es de la Capitanía.

1826

31 de enero de 1826

Folio 50
PODER 
DON JUAN DEL ROSARIO XIMENEZ Y OTROS
A
DON MANUEL SALVADOR DE CARRANZA
Gaucín, 31 de enero de 1826
Notorio sea a todos como nos D. Juan del Rosario Ximenez, D. Damián Ximenez, Don Antonio Molina, Cristóbal Vallecillo, Nicolás Ximenez, Fausto Pardillo, Antonio Carrasco, Antonio Ximenez y Patricio Mateos, vecinos….poder… a don Manuel Salvador de Carranza vecino de la villa y corte de Madrid y agente de negocios en los Reales Consejos… comparezca y represente en el Supremo de la Guerra y su Sala de Justicia u otro supremos Tribunal que sea competente en grado de apelación de la sentencia dada en el Juzgado de Guerra de la Capitanía General de estos Reynos en la causa que se oficio se ha seguido contra Don Nicolás Rendón, D. José Serrano, Francisco de Paula Galán y otros consortes de esta vecindad por atribuirles infidencia y desafección al legitimo Gobierno de S M, en la que se nos han impuesto varias penas y condenaciones …
FOLIO 50 VUELTO
…. Siéndolo presentes el Señor Alcalde Mayor D. Francisco de Gálvez, D. Pedro Barroso y Gallo y José Godinos Gavilán de esta vecindad…
Siguen las firmas y rubricas de Juan del Rosario Ximenez, Antonio Molina, Nicolás Jiménez, Fausto Pardillos, Antonio Carrasco, Antonio Jiménez, Patricio Mateos.- Testigo Pedro barroso.- Ante mi, Diego Barroso y Castro


 

Poder realistas de 31.1.1826


Se observa:
-Este poder ya es para apelar contra la sentencia del Juzgado de Guerra de la Capitanía (el de 3.10.25, parece ser, como se ha dicho, que lo era contra el Juzgado Militar de Málaga)
-Creo que Antonio Molina, los Jiménez, del Rosario y el resto, son los absolutistas, amparados por el alcalde Gálvez, que concurre como testigo de la escritura
-Los nuevos denunciantes que se citan son, D. Damián Ximenez (Cuñado de Antonio de Molina al estar casado con Isabel Salas –ver Escritura Pública de 12.10.1812-, que, en el poder anterior, era testigo), Cristóbal Vallecillo, Nicolás Ximenez, Fausto Pardillo, Antonio Carrasco, Antonio Ximenez y Patricio Mateos. Faltan algunos, que se citan en escritura de obligación de 19 de diciembre de 1830, que trascribo más adelante.

 

 


16 de Mayo de 1826


 

Poder liberales de 16.5.1826


FOLIO 49
PODER
JOSE SERRANO ESPINOSAY CONSORTES
A
DN JOSE GUTIERREZ Y CASTRO Y DN SEGUNDO ANTº REDONDO
Gaucín, 16 de Mayo de 1826
Notorio sea a todos como nos D. José Serrano Espinosa, D, José Serrano Sánchez, Dn Francisco de Paulas Galán y Dn. José Cabrera Pérez, vec… juntos y de mancomun…poder cumplido…a D. José…y D. Segundo...Procuradores de numero de los Reales Consejos, vecinos de la Villa y Corte de Madrid… comparezcan ante SM y ---supremo de la Guerra y se muestren parte en la instancia que  ba a seguirse en apelación por que don Damián Ximenez, Don Juan del Rosarios Ximenez, Don Antonio de Molina y otros consortes de esta vecindad interpusieron de la sentencia definitiva que el excemo. Sr. Capitán General de este Reyno dio en la causa seguida contra nosotros por habernos calumniado de infidencia contra el legitimo Gobierno de Rey N. S. para cuya remesa a dicho Supremo Tribunal se nos ha emplazado a vía de despacho que al intento se ha librado, y en su consecuencia pidan vista y traslado de todas la solicitudes que hicieran los subsodichos que presentaren en esta segunda instancia, la contradigan por medio de pedi
FOLIO 49 VUELTO
…que el poder más amplio general y específico… siendo testigos presentes D- Diego Sánchez de Piña, José Cabrera y Don Juan Valencia…

Siguen las firmas rubricadas de José Serrano Espinosa, José Serrano Valdenebro Sánchez, Francisco de Paula Galán y Josef Cabrera.- Ante mi, Diego Barroso y Castro

Este poder, como hemos dicho, es para continuar la oposición a la apelación de los realistas de la sentencia de la Capitanía de Granada ante Madrid. Como testigo firma Diego Sánchez de Piña, suegro de Serrano Sánchez

2 de noviembre de 1926

Folio 119
PODER
DON JOSE GOMEZ PRESBITERO
 A
 DON JOSE GUTIERREZ DE CASTRO
 Gaucin 2 de noviembre de 1926
Notorio sea a todos… concedo poder… Procurador de los Reales Concejos de la Villa de Madrid… ocurra a S. M y Srs. Del Real y Supremo  Concejo de Guerra.  … que se expida la oportuna despacho al Excmo. Sr. Capitán General de este Reyno de Granadaza para que inmediatamente y sin excusa se  remita original de la causa que se le ha seguido en el pasado año de ochocientos veinticuatro se me formo por infidencia y de su orden se me ha seguido en el Jugdo de Guerra de la Plaza de Málaga con asistencia de un conjuez eclesiástico y que conclusa que fue se le remitió para el debido curso y no se le ha dado hasta ahora y aun ignoro el paradero para más gestión que he practicado y como según  lo prevenido en R. Orden ha debido remitirse a S. M. para la definitiva, pido y solicito a dicho Procurador que tenga a efecto la remesa y verificado haga y practique cuantas diligencias judiciales y extrajudiciales se requieran hasta la final…
FOLIO 119 VUELTO
determinar, y al intento presente memoriales, Pedimentos y toda clase de recursos… y demás… definitivas que se dieren en dicha causa de infidencia, las favorables consiente, y de las adversas apele… y así lo otorga ante el presente escribano publico y del Cabildo… siendo testigos D. Nicolás Rendón, Dn José Cabrera y Dn Pedro Barroso y Gallo, de esta vecindad… Ante mi Diego Barroso y Castro.

D. José Gomez firma  también el poder de 1 de octubre de 1825 y ahora lo hace un año después, entiendo que para hacer protesta para que se le de vista de las diligencias que se le siguieron en el Juzgado de Málaga (iniciadas en 1824) con asistencia de un conjuez eclesiástico, dada su condición de Presbítero.

Durante los años siguientes, la causa sigue en vía muerta y es a partir de
1830 cuando se reinicia con la prestación de las obligaciones que se citan a continuación


1830

19 de diciembre de 1830

FOLIO 157
OBLIGACION
DON NICOLAS RENDON Y CONSORTES
CONTRA
DON JUAN DEL ROSARIO, DON ANTONIO MOLINA Y  Xtbal. VALLECILLO
Gaucin, 19 de diciembre de 1830
Notorio sea a todos como nos Don Juan del Rosario Jiménez, Don Antonio de Molina y Xristobal Valecillo,… por el tenor de la presente que debemos, y nos obligamos a dar y pagar llana, realmente y sin pleito alguno a D. Nicolás Rendón, D. José Gomes Tineo, D. José Serrano Espinosa, Don José Serrano Sánchez, D. Francisco de Paula Galán y José Cabrera Pérez de esta vecindad y a quien por ellos fuere parte veintiocho mil reales de vellón que por nosotros han abonado de las costas que les han pertenecido en la causa seguida contra los mismos por infidencia en que hemos sido condenados con otros y de dicha cantidad nos confesamos llanos y realmente deudores para dársela y pagársela en moneda sonante en dos plazos el primero de quince mil reales para el día de año nuevo próximo y los trece mil restantes para el ocho de septiembre del inmediato año venidero puesto en su poder de dicha cuenta y riesgo con apercibimiento de que si pasado cualquiera de dichos plazo no hiciéremos  entera satisfacción para--- restaremos sernos ha de poder ejecutar…
FOLIO 157 VTO
… y a la firmeza de cuanto va expresado obligamos nuestros bienes y rentas…
siéndolo presente Don Bartolomé González García, Don Fausto de Cruces y José Bazquez González

Siguen las firmas y rubricas de Antonio Molina, Juan del Rosario y Bartolomé González. Ante mi Pedro Barroso y Castro

Folio 158
OBLIGACION
DON JUAN DEL ROSARIO JIMENEZ, DON ANTONIO MOLINA Y XRITBAL VALLECILLO
CONTRA
DAMIAN JIMENEZ Y OTROS
Gaucin 19 de diciembre de 1830
Notorio sea como nos  Damián Jiménez, Nicolás Jiménez, José Ramos Moya, Andrés Sanjuán, Antonio Jiménez y Don José Cañamaque vecinos que somos de esta Villa, puestos de mancomun a voz de uno y cada uno de nos por si y por todos in solidum, otorgamos por el tenor de la presente que debemos y obligamos a dar y pagar llana, realmente y sin pleito alguno a Don Juan del Rosario Jiménez, D. Antonio  Molina y Xritobal Vallecillo, diecisiete mil quinientos reales de vellón que por hacernos bien y merced han abonado por nosotros a Don Nicolás Rendón, Don José Gomes Tineo, Don Francisco de Paula Galán, Don Serrano Sánchez, Don José Serrano Espinosa y José Cabrera Pérez por cuenta de las costas en que con aquellos fuimos condenados mancomunadamente en la causa seguida contra estos por infidencia, y de dicha cantidad nos confesamos llanos y reales deudores para dársela y pagársela en dos plazos,, uno de ocho mil y cuatrocientos reales para el día de año nuevo próximo y los nueve mil cien reales restantes para Santa Maria de Agosto del mismo año ochocientos treinta y uno, cada plazo llana realmente y sin pleito alguno con las costas de su cobranza, pues si cumplidos cualquiera de los plazos no hicieren
FOLIO 158 VUELTO
entera satisfacción… y a la firmeza de cuanto va expresado….Siéndolo presentes Don Bartolomé...don Fausto… y José Basquez...
(Igual que la anterior del folio 157)

Siguen las firmas y rubricas de Damián Jiménez, Josef Cañamaque, Nicolás Jiménez, Antonio Jiménez.- Testigo Bartolomé González

Inserto a continuación copia digitalizada


 

Obligación contraída por los realistas en 19.12.1830


Aparecen por primera vez como denunciantes Ramos Moya y Andrés Sanjuán. Como se ve, en estas dos escrituras se hace frente por Molina, Rosario y Vallecillo a la condena de costas, que habían abonado los denunciados/liberales, al propio tiempo que el resto de los denunciantes/realistas se comprometen a rembolsar a sus consortes o compinches la parte que les corresponde.

Aquí me parece que están  al completo los dos bandos, incluyendo a los poderdantes de enero de 1826.


LOS DE MOLINA (realistas)
Fausto Pardillo, Antonio Carrasco y Patricio Mateos. Damián Jiménez (Mateos), Nicolás Ximénez, José Ramos Moya, Andrés Sanjuán, Antonio Ximénez y Don José Cañamaque (Letor)
Don Juan del Rosario Jiménez, D. Antonio  Molina (Navarro) y Xritobal Vallecillo,

LOS DE SERRANO (liberales)
Don José Serrano Sánchez, Don Nicolás Rendón (Barroso), Don José Gomes Tineo, Don Francisco de Paula Galán, Don José Serrano Espinosa y José Cabrera Pérez

(Un dato: entre los Molina, sólo tres “dones”; en los Serrano, todos menos Cabrera, lo que podría parecer un contrasentido)


1831

De todas formas, en el siguiente año 1931 se formalizó testimonio notarial –en pieza de embargo, subasta y adjudicación de bienes por causa de las deudas de costas- que resume el estado de la cuestión, en el tema de las contiendas entre realistas y liberales. Dice así

10 de diciembre de 1831


 

Testimonio de 10.12.1831 (folio 118)


FOLIO 118
Diego Barroso y Castro, Escribano de S. M. público y de Cabildo de esta Villa de Gaucin, certifico Y DOY FE: Que por el Excmo. Sr. Gobernador de la Ciudad y  Plaza de Málaga con fecha veinte y dos de junio del presente año se libro Despacho refrendado de Don Juan de Sierra Escribano de Guerra cometido al Sr. Alcalde Mayor que fue de esta Villa, para la ejecución de otro expedido por el Excmo. Sr. Capitán General de este Reino en veinte y cinco de noviembre del año próximo pasado para el cumplimiento de la sentencia definitiva dada por el Real y Supremo Consejo de Guerra en veinte y tres de diciembre de mil ochocientos veinte y nueve en vista de las causas seguidas contra D. Nicolás Rendón y consortes de esta vecindad por atribuirles desafección al legitimo Gobierno de S M Cuya  ejecución se cometió a dicho Excmo. Sr. Capitán general, por virtud de Real Despacho ejecutoria librado en Madrid a treinta de marzo del citado año  próximo pasado que esta incerto en el expedido a dicho Sr. Gobernador, y uno y otro en el librado por S. E. el referido Sr. Alcalde mayor, y su cabeza y pié, con las providencias de dicho Regio Tribunal dice así:--------------------
Don Manuel José de Arbizu del Consejo de S. M. y su Ministro Togado en el Real y Supremo Consejo de Guerra: Hago saber al Capitán general del Reino y Costa de Granada, que en este juzgado se siguió---------------------------------------------
FOLIO118 VUELTO
causa contra D. Nicolás Rendón, Francisco de Paula Galán, D. José Serrano Valdenebro y otros consortes por atribuirles reuniones subversivas y hechos infidentes al legitimo Gobierno; en la cual, con vista de lo expuesto por las partes se dio por dicho Capitán general con acuerdo de su auditor el definitivo que dice así:== Aquí el definitivo-----------------------------------------------------------------------------
AUTO del Consejo Supremo de Justicia
Sr. D. Joaquín Lasteiner
Sr. D. Francisco Quevedo
Sr. D. Joaquín Lorenzo Hoza
Sr. D. Manuel José de Arbizu
>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>Por lo que de estos Autos resulta se declara que su formación no debe perjudicar, en manera alguna, ni en ningún tipo, a la buena opinión y fama que disfrute D. Nicolás Rendón y consortes y en su consecuencia se previene a D. Antonio de Molina y demás informantes y testigos en esta causa que en lo subcesivo procedan en sus informes y declaraciones con más circunspección, tino y verdad, pues de lo contrario se les castigara con el mayor rigor, y se les condena además mancomunadamente, en todas las costas de ambas instancias. Se condena igualmente al Ldo D. Francisco de Paula Rosado, Asesor que ha entendido en estos Autos hasta el estado  de sentencia a la pena de perdida de todos sus honorarios que haya devengado por esta razón, devolviendo en su consecuencia a los interesados los que hubiere percibido, previniéndole además que en lo subcesivo, y en casos de esta naturaleza, sea más circunspecto en la formación de causas arreglándose siempre a lo dispuesto en la Leyes y ordenes vigentes sobre el particular. Y en lo que sea conforme esta Providencia----------------------------------------------------------------
FOLIO 119
con el Auto definitivo proveído por el Capitán General de Granada, en veinte y nueve de agosto del año pasado de mil ochocientos veinte y cinco, y del que se apeló por parte de D. Antonio Molina y consortes, se confirma, y en lo que no se revoca; Madrid, veinte y tres de dicbre de mil ochocientos veinte y nueve. == Esta rubricada.- Ldo. Caballer Muñoz.- ==
Y en la causa contra el Don José Gómez Tineo, se dio la Providencia que dice así:
Tribunal de Justicia Militar
Sobreséase en esta causa, y declarándose como se Declara que su formación no puede perjudicar en ningún supuesto al Pbro. D. José Gómez Tineo entiéndase lo actuado en este día en la causa de D. Antonio Molina y consortes por proveído en este día.- Madrid veinte y tres de diciembre de mil ochocientos veinte y nueve. == Esta rubricado==  Ldo. Caballer Muñoz.----------
La Providencia del Consejo de veinte y tres de diciembre del año próximo pasado se declara por consentida y pasada en autoridad de cosa juzgada, y en su consecuencia, pasen los autos al Tasador General de Pleitos para que haga la regulación de costas, y verificado, vuelva a dar cuenta- Esta rubricado.-----------Según la tasación que corre inserta enseguida resultan las costas de oficio en el juzgado de Granada…
FOLIO 119 VUELTO
Málaga y las inferiores ascendieron a cinco mil cuatrocientos diez reales; las de oficio de la Comandancia General de Granada a mil ochocientos cuarenta y ocho con diez y ocho maravedíes; las de oficio  en la causa contra Don José Gomes en el Juzgado de Málaga setecientos veinte y seis reales; ocho mil setecientos ochenta y cuatro reales a nombre de D. Nicolás Rendón y consortes en el mismo Juzgado; mil doscientos veinte y siete reales y veinticuatro maravedíes los causados a instancia de los mismos en la Capitanía General de Granada; mil cuatrocientos ochenta y uno, con cuatro las ocasionadas a instancia del Don José Gomes y nueve mil ciento veintiséis con doce maravedíes las del Concejo, a las que se acumularían las que causen la certificación del despacho que se libraría con la que se causen; igualmente se graduaran después por el tasador General de la Real Chancillería las costas de oficio causadas contra pieza de autos obrada a continuación del despacho librado para poner en ejecución la providencia definitiva, de que se apeló, tanto en el Juzgado Militar de Málaga como en el de la Capitanía General cuya --- se--- en el despacho librado por el Excmo. Sr. Capitán General en el veinte y cinco de noviembre del año anterior e importan las del Juzgado Militar de Málaga mil y veinte reales y las de la Capitanía General posterior a la causa de los autos al Supremo Consejo mil y ochocientos de vellón, en cuyo cumplimiento se proveyó por auto por dicho Sr. Gobernador en veinte de junio del presente, mandando se expidiere el despacho competente del Sr. Alcalde Mayor de esta Villa para que en atención a haber informado que los interesados se habían tranla-- --las costas con los responsables de ellas procediéndose a la exacción de las de oficio de los bienes de los deudores, bajo la mancomunidad de de la condena e igualmente las causadas----------------------------------------
Folio 120
en el expediente que se anotaría al pie de dicho despacho y las que se originen hasta la Real integra y efectiva solvencia de todo; anotándose al pie de dicho despacho, haber importado las costas causadas en la expedición y expediente que lo motivara, setecientas noventa y ocho reales y treinta y dos maravedíes. ==
Cuya comisión acepto dicho Sr. Alcalde mayor por auto de veinte y ocho de junio, mandando que sin perjuicio de dictar otras providencias, se requiriese a Don Antonio Molina y consorte para que inmediatamente depositen las mencionadas costas con apercibimiento de que de no verificarlo se procedería a la venta de bienes suficiente a cubrirlas y las sobrecostas que se originasen, para lo cual se tendrá presente la pieza de autos y demás diligencias en que constaban los embargos hechos al efecto. == Y requeridos varios de los responsables, manifestaron estar prontos a satisfacer lo que le correspondía, pero habiendo fallecido Fausto Pardillo, uno de los condenados al pago de dichas costas y no estando otros de los consortes conformes y prontos al pago, proveyó auto el Sr. Alcalde mayor en seis de julio, mandando se procediese a la subasta de los bienes de dicho difunto y demás que no estaban conformes, procediendo el correspondiente justiprecio de las casa que les estaban embargadas por Francisco Jiménez Maestro Alarife y D. Diego Toledo Carpintero de esta vecindad, a quien nombró por peritos, sacándose enseguida al Pregón, sin perjuicio de proceder contra otros bienes--------------------------------
FOLIOS 120 VUELTO
caso de no haber suficiente. y hecho saber el nombramiento por dicho peritos declararon en día diez del propio mes haber visto y reconocido la casa que quedo por fallecimiento del Fausto Pardillo que se sitúa en la calle del Corral de esta Villa y que la había tasado --- de todo su valor el de mil setecientos cuarenta y nueve reales de vellón; en cuya consecuencia se saco con—de los responsable al  Pregón para su venta, y se confirmo la subasta por el Sr. Regidor Decano Regente de la Real Jurisdicción por la vacante de la vara de Alcalde Mayor y en el día treinta de noviembre anterior se hizo la postura del tenor siguiente------------------
Postura.- En la Villa de Gaucin a treinta de noviembre de mil ochocientos treinta y uno, ante el Sr. Don Francisco Moya Corona, Regente de la Real Jurisdicción y de mi el Escribano, estando en las Casas de mi morada, compareció Don Antonio de Molina de esta vecindad y dijo que hacia postura de la casa que se subastaba  propia de  Fausto Pardillo difunto situada en la calle del Corral de esta Villa en dos mil y cuatrocientos reales de vellón; y visto por dicho Sr. La admitió cuanto ha lugar en derecho mediante a cubrir las dos terceras partes del valor y mando se haga notoria admitiéndose las pujas y mejoras que se hicieren señalándose para su remate la hora de las doce de la mañana del domingo cuatro del próximo mes de diciembre y lo firmo con el postor de lo que doy fe.== Francisco Moya== Antonio Molina==Diego Barroso y Castro Escribano-----------------------------------------------
Y publicada repetidas veces en los siguientes días no compareció otra alguna persona a mejorarla, y en el día y hora designados se celebraron los estrados y remate del tenor siguiente: -----------------------------------------------------------------------
Estrados y Remate.- En la Villa de Gaucin en la mañana del
FOLIO 121
Cuatro de diciembre de mil ochocientos treinta y uno, estando en mi despacho el Sr. Don Francisco de Moya Corona Regidor Decano, abrió extrados a la subasta de la casa propia de Fausto Pardillo que está puesta por Don Antonio Molina en dos mil y cuatrocientos reales de vellón, y a su consecuencia por voz de Francisco Fernández Pregonero se hizo notoria dicha postura, convocando quien la mejorase, lo que se repitió en diferentes ocasiones, y no pareció alguno, por lo cual siendo más de las doce de la mañana, se avivó la voz al remate y recayó a favor del Molina la de la buena prueba le haga y cuando dicho Sr. Se lo indicare para su aceptación y lo firmo, de que doy fé== Francisco Moya== Diego Barroso y Castro Escribano----------------------------------------------------------------------------------------
Y habiendo aceptado el anterior remate hizo la compª y cesión del tenor siguiente--
Vycesion>> En la villa de gaucin a siete de diciembre de mil ochocientos treinta y uno, ante el Sr. D. Francisco Moya Corona Regidor Decano, Regente de la Real Jurisdicción y de mí, el Escribano, compareció Don Antonio Molina de esta vecindad y Dijo: Que desde luego cedía y traspasaba a favor de José Gómez Casas de esta vecindad el remate que en el suyo se le había celebrado de la casa subastada, propia que fue de Fausto Pardillo difunto, en cantidad de dos mil y cuatrocientos reales de vellón, y poniéndolo en su propio lugar y grado, suplicaba a dicho Sr. En su favor la correspondiente escritura de venta, quedando el com-----
FOLIO 121 VUELTO
pareciente vía embargo, obligado de su libre voluntad a sanearla al José Gomes de cualquier pleito, o gravamen que se promueva a la referida casa, porque axial lo ha consertado con el susodicho, en atención a que el mismo compareciente, con otros sus consortes han hecho instancia para la  citada venta, con respecto a estar el Fausto Pardillo mancomunado con ellos al pago de las costas por que se procede en este expediente, en virtud de sentencia del Real y Supremo Consejo de la Guerra.-== Y vista por dicho Sr. tuvo por cedido el remate al José Gomes de Casas y mando se sacase el oportuno testimonio con los insertos necesarios para proceder a otorgar en su favor la correspondiente escritura de venta judicial, que así lo decretó y firmó con el compareciente, de que doy fé== Francisco Moya== Antonio Molina== Pedro Barroso y Castro Escribano.---------------------------------

Como cual por menor aparece de dichos despachos y diligencias, y lo inserto concuerda con su original a que me remito. Y para que conste en virtud de lo mandado doy la presente en la Villa de Gaucin a diez de diciembre de mil ochocientos treinta y uno.
Diego Barroso y Castro, Escribano, Rubricado.-

 


5.- Muerte de Salvador Manzanares.

 

Mientras se sustanciaban estos procesos entre realistas y liberales gaucinenses en los confines de la Serranía, en el Campo de Gibraltar se libraba otra batalla que alentaban los liberales refugiados en el propio Gibraltar.

La restauración absolutista de 1823 había arrojado al exilio a los liberales, entre ellos a Torrijos, que desde Londres pasó a Gibraltar como tantos exiliados. Desde allí y tempranamente Valdés e Iglesias hicieron expediciones a Tarifa y Almería, porque, los contacto con los liberales ingleses y franceses, y en especial después de la revolución de Paris de 1830, habían ganado en coherencia y determinación para la insurrección. Estas, y otras, conspiraciones –distintas en naturaleza a pronunciamientos anteriores- necesitaban  una cierta colaboración en el interior, por  lo que todas terminaron en fracaso, ya que como indica R. Menéndez Pidal, pueden servir de modelo de campaña romántica, grandilocuente en las proclamas, desorganizadas en su estructura, anárquicas e individualistas en su dirección, pintorescas en su desarrollo, y como consecuencia de todo esto, condenadas al fracaso.

Manzanares y Torrijos, son las figuras trágicas que dirigen los últimos intentos para acabar violentamente con el régimen fernandino.

Irene Castell Olivan ha explicado con lucidez el papel de la alternativa insurreccional de los liberales en el exilio y sus conexiones con el interior, a través de los tres momentos de la conspiración (creando redes de agentes que actuaban en la Península), la penetración y el levantamiento que se apoyaba en la convicción ciega del apoyo interior y los preparativos hechos desde la base de Gibraltar en nuestro caso. Este momento era el más débil pues dependía del azar, pero ideológicamente era el más sólido, de acuerdo con la concepción épica del cambio histórico  de los liberales; este levantamiento de los hombres del exilio era como un gesto para el rompimiento en el interior, todo ello como estrategia política para la reconquista del poder o como se decía para “restaurar la libertad”, con el objetivo muy claro de derrocar al absolutismo en la persona de Fernando VII. Entre la conspiración/pronunciamiento y la toma del poder, en medio estaba un cuarto elemento, el contagio insurreccionad que, a su vez, dependía de dos factores: la respuesta del pueblo y la reacción del poder, esto es, el binomio liberales/absolutistas.

En la nueva situación creada a partir de 1823, la actividad conspirativa también era instrumento idóneo para esquivar, frecuentemente sin éxito, la múltiple actividad represiva del sistema fernandino, que demostró tener una información perfecta de las conspiraciones, como acabamos de ver en las consideraciones precedentes sobre Gaucín (el Alcalde Gálvez y las luchas realistas/liberales). Y es que, a falta de una fuerza militar suficiente en manos de los absolutistas, se contaba con la colaboración de los Voluntarios Realistas, pieza clave en la derrota de las expediciones liberales, que asimismo contaban con el campesinado, desilusionado con la política agraria del trienio liberal. Así como las Compañías de Escopeteros Voluntarios de Andalucía fueron creados en 1776 con la finalidad de perseguir a contrabandistas y forajidos, los Voluntarios Realistas, nacieron en 1823 y fueron armados contra los liberales; llegaron a alarmar a la gente de orden, pero la oligarquía local los mantenía a su costa y bajo su mando como verdaderas policías paralelas capaces de escapar del poder central. Frente a ellos, no sólo los militares profesionales o políticos en el exilio, sino que en el interior había una aspiración real de numerosos sectores de la población: profesiones liberales y burguesas, actividades y oficios populares, según se desprende de las estadísticas organizativas y de las siniestras listas de detenidos y fusilados consiguientes a las sucesivas tentativas insurreccionales.

No menos importante es reseñar en este momento la acreditada connivencia de José Maria el Tempranillo con los resistentes al absolutismo. Entre otros, José Santos nos indica que  José Maria se acercó al limite gaditano cuando protegió en su intentona al general Don Salvador de Manzanares, afirmación contundente de sus creencias políticas contra el absolutismo real.

También García Sigüenza pone de relieve el apoyo de José María a Manzanares, héroe de la guerra de la independencia, General y Ministro de la Gobernación durante el Trienio Liberal y cita a la Gaceta de Madrid del 8 de marzo de 1831 que, en referencia al exterminio de los compañero de Manzanares, indica que sólo el celebre facineroso José María es el que había engrosado con sus bandoleros a la facción.

Más tajante se muestra J. A. Rodríguez Martin, para quien,  todos estos y otros intentos contaron con el apoyo de contrabandistas y bandoleros y, en especial, de José María que había  ido a buscar refugio en los pueblos de la Serranía de Ronda y cuya relación, junto a la partida de Los Botijas de Torredelcampo, es evidente en el movimiento político liberal centralizado en Gibraltar.

En este contexto, se produce el episodio de la muerte de Salvador Manzanares, que nos relata F.J. Albertos y que traemos a colación por la decisiva influencia que en ella tuvieron los Voluntarios Realistas de Gaucín y nuestro ya conocido Alcalde Gálvez y Fernández, así como otros personajes de nuestras cercanías, lo que paso a relatar, de forma resumida.

Después del trienio liberal, Manzanares se refugió en Gibraltar con Torrijos. En Febrero de 1831 con 44 liberales de Los Barrios, Algeciras y otros pueblos, toma la iniciativa, solicita ayuda de Torrijos y ocupa Los Barrios la noche del día 21 de febrero, con los capitanes Montalbán, Benítez y Vincent de Agramunt. Después toman Getares y Torrijos le indica que vaya a Vejer a hacerse cargo de 300 patriotas, pero no le hace caso (la viuda de Torrijos, Luisa Sanz de Viniegra, cree que no siguió estas indicciones porque fue llamado a Estepona con promesas engañosas) y marcha a Estepona con el ánimo de tomarla. Dice Albertos que si lo hizo engañado, esto fue un anticipo de lo que después paso, en diciembre, con Torrijos, en Fuengirola.

La noticia del desembarco de Manzanares fue seguida de escasos movimientos internos (el gobernador de Cadiz fue muerto el 3 de marzo, el mismo día en que la brigada real de marina de San Fernando se pronuncia a favor de la Constitución), y  el movimiento no encontró eco entre la población civil.

 

Tras el Castillo, sierras Bermeja y Crestellina

Estos hechos están relatados por el Alcalde de Estepona, Andrés Masegosa, y el comandante de armas de la misma, el Brigadier Ildefonso Matilde Monasterio nacido en San Roque, según consta en el expediente del Archivo Central del Ministerio de Justicia con la Causa de Estado sobre Salvador Manzanares.

El día 1 de marzo, el vecino de Benarrabá Andrés del Río y Gómez avisó, por medio de su sobrino Juan del Río Vega, a Monasterio de que Manzanares estaba en el Cortijo de Don Carlos, en San Martín de Tesorillo, mientras que su hijo Juan del Río Pérez, Capitán de Voltarios Reales de Benarrabá, avisó al Capitán General del Campo de Gibraltar. Matilde Monasterio, en la madrugada del día 2 de marzo reunió a sus fuerzas (154 infantes y 56 caballos) y se situó en el Puerto de Bobonaque, y el torrero de la Torre de Arroyo Vaquero hizo señales, pero Manzanares cambió de rumbo y, dejando la playa, se introdujo en Sierra Bermeja, donde le siguieron los realistas, hasta las tres de la tarde de aquel día.

El Alcalde de Casares, Gregorio García, con realistas persiguió a Manzanares y dio aviso a Genalguacil y Gaucín y a las doce de la noche salieron 100 hombres del Regimiento de Alcázar de San Juan y Voluntarios Realistas de Gaucín y Casares. Por la niebla, 17 liberales escaparon por el Puerto de las Palomas, ya en término de Gaucín, siendo capturados 14 en la Fuente del Encinar al pie de la Sierra Crestellina, por los citados realistas de Casares y Gaucín. En un escrito del 28 de marzo de 1831, el Alcalde de Gaucín, el ya repetido Francisco de Gálvez y Fernández, eleva el número de prisioneros a 31, posiblemente en su conocida política de engrandecer sus actividades.

El 5 de marzo, a las ocho de la noche, en el paraje de los Baños de la Fuensanta, de Sierra Bermeja, una partida dispersa de los de Manzanares se encontró con fuerzas realistas del batallón de Ronda, al mando de Juan Avilés, resultando éste herido y cuatro liberales muertos. A las once de la noche salió de Estepona una columna de Voluntarios y relata su Alcalde, Masegosa, que el siguiente día 6, se encontró en el paraje de la Romera a las partidas de Igualeja y Junquera (para Rodríguez Martín, fueron los realistas de Yunquera y Arriate) que conducían ya muerto a Manzanares y 16 prisioneros, que fueron fusilados, de modo sumarísimo en Gaucín según anota Torres Jiménez. Según consta en la Gaceta de Madrid del 24 de marzo de 1931, el Capitán General de Granada, Conde de los Andes, tomo parte en la batida y se situó en el Puerto de los Guardas, en Los Reales, retirándose a Gaucín cuando se enteró de los de la Romera. El Secretario de Estepona, Juan Estático, relata la muerte de Manzanares, diciendo que cuando fueron a cogerlo los realistas, conducidos por el cabrero que lo había delatado, dio muerte al cabrero de un pistoletazo y poniendo la espada clavada en el suelo él mismo se echo sobre ella y murió.

Se premiaron con una plaza togada en los Tribunales de la Península al Alcalde de Estepona Masegosa y al de Gaucín, Gálvez, trasladando a otro corregimiento de ascenso al corregidor de Ronda José Domingo de Cuellar y con la Real Orden Americana de Isabel la Católica a los alcalde de Jubrique, Banahavis, Igualeja, Junquera, Banaojan y Casares y al escribano de Jubrique.

Andrés del Río escribió al Rey reclamando para él la Cruz de Isabel la Católica, para su hijo Silvestre, clérigo, un beneficio en la Iglesia parroquial de Benarrabá y para sus hijos Juan y Andrés, oficiales realista, la Cruz de San Fernando.

A la llegada de los liberales, el Alcalde de Estepona, Esteban Barriga, acordó en 28.8.36 recoger todos los diplomas y documentos de gracias a favor de los perseguidores de Manzanares y Torrijos y en 25.8.36 se hizo la apertura de un procedimiento contra Andrés del Río y su hijo Silvestre por delatores

El 16 de julio de 1837 fueron exhumado los cadáveres de Manzanares y los suyos, que estaban en una fosa común y enterrado con la debida solemnidad.

Vemos como, en la conspiración de Manzanares, además de los Voluntarios Realistas de Gaucín, bajo el mando del Alcalde Mayor D. José de Gálvez y Fernández, toman parte activa otros miembros relevantes de la serranía como el Alcalde Ordinario de Benarrabá Don Andrés del Río y Gómez, su sobrino Juan del Río Vega, y sus hijos Juan, Andrés y Silvestre del Río Pérez,  éste ultimo Clérigo. La mujer de Andrés del Río era Maria de los Dolores Pérez, según consta en escritura de 6 de diciembre de 1821 ante Pedro Barroso y Castro, folio 217 de su Protocolo, Poder Espacial otorgado a Andrés del Río por su referida esposa y otros parientes para llevar los Pastos de Montenegral en Ximena.

En relación con los personajes citados, una escritura ante el Notario de Gaucín  Diego Barroso y Castro (FOLIO 58 de su Protocolo), indica

DATA A CENSO
DON SALVADOR GARCIA DE BENARRABA
CONTRA
EL CONCEJO DE ESTE LUGAR
Benarrabá, a 24 de abril de 1825,
…comparece el Consejo, Justicia y Regimiento del Lugar de Benarrabá, para dar a censo una casa en ruinas en el Barrio de la Iglesia, lindante con otras de José Sarzuela y Sebastián, a Don Salvador García de Barranco que se compromete a reedificarla…

Son Alcaldes del Consejo Don Andrés del Río y Don Juan Barranco

Este Andrés del Río, no sólo figura involucrado en todo el proceso de Salvador Manzanares en 1831, sino que también es protagonista destacado en el tema de la denuncia contra Ríos Rosas en 1863, por manejos electorales, según resulta de documentación en estudio.

También me consta, por escritura ante el Escribano D. Diego Barroso y Castro que

ANDRES DEL RIO
CONSTITUYE FIANZA
A FAVOR DE SU HIJO
SILVESTRE DEL RIO

En Gaucín, a nueve de noviembre de mil ochocientos veinte y seis,…ante los testigos Don José Cabrera Pérez, Don Diego Moreno Pérez y D. Pedro Barroso y Gallo, a favor de su hijo Presbítero
(Está la firma con rubrica de Andrés del Río)


 y que, con anterioridad, el 3 de noviembre de 1826, Don Andrés del Río y Doña Maria de los Dolores Pérez y Barranco, instituyen una Fundación de Patrimonio a favor de su menor hijo Don Silvestre del Río, Clérigo y Colegial del Seminario Conciliar de Málaga, para que pueda ser sacerdote.
(Legajo 5296, Protocolo de Barroso y Gallo, año 1826, folios 111-112)

Hay una escritura de fianza de Cárcel Segura contra un Voluntario Realista, que dice así

FIANZA CARCEL SEGURA
LA JURISDICCION MILITAR
CONTRA
JOSEF GOMEZ CONDE
Algatocín, 16 de marzo de 1831
Notorio sea como yo Josef Gómez Conde….digo que Josef Mena García de esta misma vecindad se alla preso por la causa que militarmente se sigue contra el, por la fuga de dos reos, allandose de sentinela como Voluntario Realista, a principio de Febrero anterior en que tuvo principio y habiendo ocurrido al Excmo. Sor. Capitán General de este Reyno se ha servido el S. Exº  mandar en Decreto del día de ayerque por el Alcalde Regente de este dicho Pueblo se le reviva fianza de Cárcel segura. En cuyo anterior motivo, yo el otorgante de esta determinación he condescendido a su instancia el fiarle y… se constituye en carcelario comentariense al referido José de Mena….

En relación con la intentona de Manzanares, pone de relieve Menéndez Pidal, no sirvieron sino para renovar las medidas represivas con la restauración de las comisiones militares, cuyas competencias se extendieron a todo acto que pudiese estimarse como alarmante o derrotista, como se deduce de la Orden de 10 de mayo de 1831 anulando la responsabilidad jurídica de los denunciantes cuando sus declaraciones no coincidiesen con la realidad o la reducción sensible de las posibilidades de defensa de los acusados, por ejemplo, al no poder exigir nunca testimonios de denuncias o expedientes que obren en el establecimiento por su naturaleza reservada. El rigor de estas nuevas disposiciones, provocó la renovación de  medidas represivas, a las que siguieron ejecuciones que, como la de Mariana Pineda, sólo se explican dentro de una política de terror ejemplar, como la fomentada por el Ministro Colomarde.

Hemos de poner de relieve, a este respecto, dos incidencias, concernientes a la viuda del General Serrano Valdenebro y madre del liberal denunciado por infidencia D. José Serrano Sánchez, así como esposa, en segundas nupcias, del también liberal encausado D. José Serrano Espinosa, que hacen referencia a las dificultades económicas por las que atravesaba, debidas muy probablemente a las presiones y persecuciones que se cernían, por aquellas fechas, contra los elementos liberales de Gaucín.

Una, en el mismo día en que apareció en la Gaceta de Madrid la muerte de Manzanares, el 24 de marzo de 1831, por la que Doña Buenaventura Sánchez,

muger y legítima esposa de D. José Serrano Espinosa, ausente… pide autorización para vender una alhaja raíz para hacer frente al pago a los deudores, al estar ausente su esposo...

Concede la licencia marital, precisamente,  D. Francisco de Gálvez y Fernández, del Consejo de S. M su Alcalde del Crimen Honorario de la Chancillería de Granada y Mayor de la Villa de Gaucín, en auto de dicha fecha (Legajo P5297, año 1831, folios 30 y 30v)

 

Solicitud de Buenaventura de 24.3.1831

En el mismo legajo consta escritura, de 5 de mayo de 1831, en la que como veremos a continuación, Buenaventura vende el Cortijo Cara del Genal, habido de su legitima por fallecimiento de su anterior marido D. José Serrano Valdenebro, al Presbítero D Alonso Gomes Martín que les había facilitado en distintas ocasiones dineros para hacer frente a sus urgencias; y dado que tales bienes son de su propia herencia y “porque dicho mi marido habiéndose ausentado días hace, no ha vuelto a mi compañía…”


Hemos de colegir que dicha ausencia tendría mucho que ver con la connivencia de la familia Serrano en el tema de Manzanares y, como vamos a comprobar, en la intentona del liberal Torrijos, que le costó a José Serrano Sánchez el destierro a Cuenca.

 


 
5.- Torrijos y su relación con Gaucín.

 

El Sur de la Península había constituido muy tempranamente, desde el principio del exilio de 1823, un objetivo estratégico prioritario, no sólo por las condiciones geográficas de la zona sino por la existencia de numerosos y activos focos de liberales, como ya hemos tenido ocasión de comprobar por lo que a Gaucín respecta.

Los sucesos de julio de 1830 en Francia avivaron la determinación de los liberales exiliados a la insurrección, no sólo los aglutinados en torno a Espoz y Mina, sino los procedentes de la llamada Junta de Londres, patrocinada por Torrijos.

 

Jose María Torrijos

Su preparación militar, que ya había destacado en la Guerra de la Independencia, junto a sus dotes organizativas, le hizo merecer del régimen absolutista la consideración de primer enemigo del Trono. Torrijos, además, encarna perfectamente la figura del héroe romántico, cuyo sentido del cambio histórico va ligado al ensalzamiento del individuo en la historia, a la exaltación de la virtud individual, al tiempo que la capacidad de sacrificio y de renuncia de si mismo, le convierte en parámetro de la Patria, como ha puesto de relieve Irene Castells Olivan.

Del ambiente de represión y miedo que se vivía en Gaucín en este año, nos da una muestra los pasos dados por Buenaventura Sánchez, madre y esposa de dos de los liberales implicados, para hacer frente a su subsistencia, hasta tal punto de que ha de acudir a la Justicia para que se le autorice la siguiente venta, dada la ausencia de su esposo José Serrano Espinosa, probablemente huido ante los recientes acontecimientos de la muerte de Salvador Manzanares a manos de los realistas de Gaucín.


 

Venta de Buenaventura en 5.5.1831


VENTA
DON ALONSO GOMEZ MARTIN PRBº
CONTRA
DOÑA BUENAVENTURA SANCHEZ
Gaucín, 5 de mayo 1831
Notorio sea como yo Buenaventura Sánchez muger legitima de Don José Serrano Espinosa vecina que soy de esta Villa Digo que desde el pasado año de ochocientos veinte y cuatro me ha facilitado Don Alonso Gomes Martin Presbítero, a mi y adicho mi marido varias cantidades para nuestras urgencias, cuyo pago no hemos podido hacerle en dinero efectivo por las desgracias y contratiempos que nos han venido, y deseosa yo de corresponderle con la gratitud que me es propia le ofreci  cederle en pago un cortijo de tierra en la cara del Genal de este termino, a lo que asintio considerando la imposibilidad que yo tenía de satisfacerle en metalico, y a su consecuencia se ha valuado por peritos de comun acuerdo, y asi dispuesto para formalizar el competente documento, --- que dicho mi marido habiendose ausentado días hace, no ha vuelto a mi compañía; y como quiera que la finca es mia propia habida por muerte de mi primer marido Don José Serrano Valdenebro en cuenta de mi legitima, y herencia paternal, y que el segundo ningún bien aporto al matrimonio, y por el contrario me ha dicipado varios de los que yo entré en la sociedad conyugal, me conceptúo en tal estado, a gestionar por mi propio derecho cuanto me sea conveniente; pero para hacerlo con la competente autorización ocurrí a la Real Justicia por medio del oportuno pedimento, solicitando se me habilitase por dicha causa para el otorgamiento de la correspondiente escritura de venta y….

Desde 1826 no teníamos noticias de D. José Serrano Espinosa, en la firma del poder para oponerse a la apelación de los realistas. Ahora sabemos que en 1831 se había ausentado de la compañía de su esposa y no había vuelto, por lo que ella dispone vender al Presbítero Alonso Gomes una finca, en compensación a deudas por préstamos personales. Esta ausencia de Serrano Espinosa, pudiera deberse a puras desavenencias familiares o bien a ausencia forzada del liberal, como consecuencia de los recientes sucesos de Manzanares y las posibles implicaciones de los Serranos en las conspiraciones liberales, en especial la que se estaba fraguando de Don José María de Torrijos, como vamos a ver seguidamente.

Torrijos está convencido de que, una vez repuestos de los golpes sufridos, los patriotas de España podían devolverles el aviso, porque ellos deberían estar dispuestos a responder. Prepararon la trama buscando un lugar civil inseguro en las costas, por su libertad, en los que pudieran desembarcar para garantizar el éxito de los primeros momentos: dar el primer paso, haciendo rompimiento, y abrir la señal para el pronunciamiento general de la sublevación. Su presencia en tierra española daría confianza a los liberales de dentro del país y la actuación de la juntas organizadas en diversos puntos, y conectadas con la de Gibraltar, permitiría unificar la dirección del movimiento en el conjunto de territorio. Estaban implicados entre otros el coronel Antonio López Ochoa y Juan López Pinto.

Torrijos había manifestado repetidas veces que su confianza la tenía en los del interior, que la nación estaba dispuesta el cambio y que de todas partes reclamaban su ayuda.
 
La tarea inmediata que tenían planteada era rehacerse de la precaria situación en que habían quedado después de la represión sufrida durante la primavera de 1831, a la que venimos refiriéndonos. Fue necesario enviar nuevos personajes desde Gibraltar y empezar con otros contactos que los anteriormente establecidos. Y ello con un doble objetivo: coordinarse con las juntas existentes para que secundaran el pronunciamiento que iniciaran los de Gibraltar y decidir, de acuerdo con los agentes comisionados en España,  cuál sería el punto de desembarco.

Es importante dejar claro, sigue indicando Castells, que la trama conspirativa se mezcló a partir de agosto con la trampa tendida a Torrijos por el gobierno absoluto, con el fin de desvelar sus propósitos conspirativos, trampa que tuvo como escenario principal Málaga y el misterioso personaje Viriato como eje, elemento que precisa un estudio más profundo que nos es de este momento. Las noticias sobre los apoyos en el interior se entrecruzaban, pues,  con las engañosas informaciones de los confidentes absolutista

En una carta del cuñado de Torrijos, Nicolás Minuissir, informaba de los apoyos que tenía  la Junta de Gibraltar de casi todas las fuerzas disponibles en Andalucía sobre todo con las que se hallan en San Roque, La Línea y Algeciras, así como los presidiarios de Andalucía. La relación era notablemente exagerada aunque sí era cierto que  desde Gibraltar se habían extendido redes para abarcar toda esa amplia zona en la mayoría de la cual se habían establecido juntas, según el plan trazado desde marzo para realizar una empresa que acabaría, como ya sabemos,  con los fusilamientos de Málaga.

Las miras y esperanzas de Torrijos, en el verano de 1831, estaban fundamentalmente puestas en Andalucía: Algeciras, San Roque, Málaga y la Serranía de Ronda. También en estos puntos tenían que reorganizar sobre nuevas bases los contactos que habían quedado tras las derrotas de marzo y la represión de la primavera. Habían enviado para ello al íntimo agente de Torrijos, José de Coba, capitán de Caballería y personaje perseguido desde 1826 por las autoridades absolutistas, que jugará un papel importante en este episodio. Le corresponderá la tarea de reanudar las relaciones con estos núcleos liberales de Málaga y su provincia, entre los que están, por supuesto, los de Gaucín.

Torrijos tenía confianza en la Serranía de Ronda. Y eso tiene un mal recuerdo, pues los serranos habían prometido ayudar en febrero de 1831 a la expedición de Manzanares e incluso en ocasiones anteriores al desembarco de éste. Pero siempre sucumbieron a las presiones y al temor de los voluntarios realistas. Sin embargo, el camino de Gibraltar a la Serranía era ruta normal de contrabando y por ella merodeaban además pandillas de bandoleros que el gobierno era incapaz de controlar, erigiéndose en dueños de caminos. Era la época del famoso José María El Tempranillo. Y como bandoleros y contrabandistas eran siempre dos posibles aliados de las incursiones de los liberales, la junta de Gibraltar no abandonó sus contactos en  estos puntos.

El trabajo revolucionario en esta zona lo dirigía, nos dice la historiadora citada, en íntimo contacto con Torrijos, Francisco Xavier de Surga, abogado de Ronda. Aglutinaba a un núcleo compuesto por un tal calidad Aguilar; Francisco Requena , abogado de Ronda; Antonio García Naranjo, Epifanio Estudillo, médico de Jimena, un hijo del general Valdenebro, vecino de Gaucín; Juan Gamota y Antonio Valverde, así como Antonio Gordillo vecinos todos de Pruna, Juan Bengoechea y Juan Tamarís de Arahal; José Cayetano Serralvo y Montiel, de Marchena. N Reyna y José Martín de Coronil y Manuel Occina de Morón. En Casares, Fernando Serna, depositario de policía, colaboraba en las diligencias referentes a la expedición de pasaportes para los revolucionarios de Gibraltar, al igual que lo hacía Salvador Torres empleado de policía y el escribano José Cervino, ambos de Algeciras.

 

D. José Serrano Sánchez

Es interesante en este sentido la notificación que González Moreno afirmó en  oficio de 13 de diciembre de 1831 relativo al reconocimiento que hay hecho de la correspondencia de Torrijos con  Francisco de Surga, de la que resulta su presunto acuerdo con el bandido José María para que contribuyese al pronunciamiento y asistiese el punto de desembarco de Torrijos, tal cual el rebelde cabecilla lo manifestó en la correspondencia que seguía con esta Subdelegación.

Sobre esta colaboración de José María  no hay datos en la bibliografía sobre  el famoso bandolero que aludan a su conexión con la conspiración de Gibraltar en  el otoño de 1831, al igual que lo hizo en marzo ayudando a Manzanares. Pero respecto a José María, estando como estaba en auge su caudillaje en las Sierras de Andalucía, y a pesar de encontrar numerosas referencias respecto a la orientación liberal del bandolero, no se ha podido precisar el alcance de la noticia que da González Moreno en relación al apoyo real que pudo prometer el Tempranillo a Torrijos y sus compañeros.
 
Desde Gibraltar la comunicación con Ronda era mucho más fácil que con otras zonas. El que, además, se pudiera contar con un núcleo liberal importante hacía de  este punto una pieza valiosa del levantamiento. Sin embargo, no hay que pensar, concluye el estudio de esta cuestión Irene Castell, que se sobrevalorase el apoyo patriota de la Serranía: se la trabajó en función de ser un lugar más firme como punto de desembarco, que lo era importante. Pero para entender cómo se llegó a pensar en Málaga como lugar seguro después de la desarticulación casi total de la Junta durante los meses de marzo-mayo de 1831, es necesario reconstruir globalmente la situación, a partir de las noticias que obtuvo Coba en Málaga, lo que no corresponde a nuestro estudio

Vamos, pues, a centrarnos en la actividad de los elementos liberales en el interior y, más concretamente, en nuestra Serranía.

Indica la historiadora citada que después del fusilamiento de Torrijos y sus compañeros, González Moreno nombrado Capitán general de Granada, había sido designado Comisionado Regio y tenía las facultades para entender de las causas contra los secuaces y cómplices del rebelde Torrijos. A mediados de enero de 1832 se trasladó a Granada y con ayuda de los letrados nombrados por él, prosiguió en la formación de las causas de los encartados en la conspiración de la Junta de Gibraltar. Los dirigentes principales fueron condenados a muerte y los colaboradores del interior a varios años de prisión o destierro. Logró así concluir la labor represiva de los focos de liberales existentes, con anterioridad a la expedición de noviembre de Torrijos.

Había iniciado esta tarea inmediatamente después de los fusilamientos y en 14 de diciembre ya había formado la causa de los apresados en las inmediaciones del desembarco de Torrijos. Algunos de los activistas de las Juntas de la Serranía de Ronda lograron sustraerse a las órdenes de detención (como el citado Abogado de Ronda Surga y el médico de Jimena Epifanio Estudillo), pero, sin embargo, González Moreno logró encausar a varios colaboradores directos.
Entre otros, nos dice Castells, fueron condenados a diversas multas y penas de destierro, tras varios meses de prisión, el Alcalde de Alpandeire José Corpacho, el empleado de policía de Casares, Fernando de Serna, José Serrano  y José Maria Bengoechea, vecinos de Gaucín y Arahal, respectivamente, y Francisco Requena Abogado de Ronda, desterrado por ocho años al Castillo de San Antón de la Coruña. También fueron condenados, algunos a muerte, Juan Rumi en la cárcel de Granada, José María Márquez y José Mateos de Málaga, así como Maria Teresa Elliot, Enrique Accino y Francisco Unzaga.
No me consta cuando fuera apresado D. José Serrano Sánchez, a quien en la causa seguida contra Torrijos se nombra como José Serrano Valdenebro, pero es lo cierto que estaba en prisión el día cuatro de agosto de 1832, cuando se dictó la sentencia que se le impuso, ya que en la misma y en el testimonio que en dicha fecha se remitió por el Capitán General Comisionado Regio en Causas de Estado al Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia, se nos dice que
en la causa seguida contra Dn. José Serrano Valdenebro vecino de Gaucín por complicidad en los proyectos de Torrijos, mandamos se le escarcele de la prisión que sufre y que fije su residencia en la ciudad de Cuenca vajo la vigilancia de la Policia…”
FOTOCOPIA DE ESTO
De esta sentencia, quedó enterado el Sr. Secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia el 28 de agosto de 1832, en cuya fecha éste comunica, desde San Ildefonso, al Capitán General de Granada, Vicente González Moreno, Comisionado Regio en Causas de Estado, que
S. M. se ha servido aprobar la sentencia que según oficio de V. E. de 4 de este mes ha impuesto a D. José Serrano Valdenebro, vecino de Gaucín en la causa que le formó por complicidad en los proyectos revolucionarios de Torrijos y por la cual se le condena a dos años de confinamiento…
Por lo que afecta a nuestro personaje, José Serrano Sánchez, en la relación nominal de los “expedientes de sujetos encausados por la Comisión del Capitán General de Granada y cuyos procesos resulta haberse fallado”, que consta en el Archivo General de Ministerio de Justicia, Legajo 63, bis, figuran como condenados por la Serranía de Ronda, Francisco Requena Ruiz, Juan María Bengoechea, Fernando Serna y José Corpacho, aparte del vecino de Gaucín ya citado, que figura con el nombre de su padre (como era costumbre, según sabemos) y con la siguiente leyenda

José Serrano Valdenebro
Delito: Complicidad en los proyectos de Torrijos
Sentencia de 4 de agosto de 1832:
Fijar su residencia en Cuenca vajo la vigilancia de la Policía

El encabezamiento del citado testimonio es el que se escanea a continuación
 

Y la sentencia, al completo, nos dice:

En la Ciudad de Granada a quatro días del mes de  agosto de mil ochocientos treinta y dos años, l Excmo. Sr. Dn. Vicente Gonzalez Moreno Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo Caballero de la de tercera clase de San Fernando Teniente General de los Reales Ejercitos Capitan General de estos Reynos Presidente de la Real Chancillería Subdelegado Principal de Policia de la Provincia y Comisionado por S. M. para entender de las causas que se instruyan con relacion ala Revolución intentada por Torrijos: habiendo visto la seguida contra D. José Serrano Valdenebro vecino de la villa de Gaucín por efecto de encontrarse complicado en los manejos de la faccion según indicaciones de la correspondencia ocupada al citado cabecilla S. E. por ante mi el Escno. Publico en el Numero perpetuo de la Ciudad de Malaga y de la citada Regia Comisión dijo: Que por lo que resulta de la indicada causa debia de mandar y mandó se escarcele al Serrano Valdenebro de la prisión que sufre a quien se le condena en las costas del proceso que seran tasadas  por el presente Escno. con arreglo al Real arancel y a que no vuelva al pueblo de su domicilio por tiempo de dos años en cuyo espacio deberá fijar su residencia en la Ciudad de Cuenca bajo la vigilancia de la policia a cuyo efecto se librará oficio al Sr. Superintendente General: expidase otro con testimonio de este proveido  al Excmo. Sr. Secretario de Estado y del despacho de Gracia y Justicia para conocimiento de S. M .y orden al Alcalde de la Real Carcel para que se verifique la soltura acordada .Por cuyo  auto con fuerza de definitivo asi lo proveyó mandó y firmará dicho Excmo. Sr. con acuerdo y parecer del Licdo. D. Francisco Suarez Noy Corregidor por S. M de la Villa de Estepona y Asesor de esta Regia Comisión quien tambien lo firmará doy fé

No me consta tampoco si el condenado empezó a cumplir su pena de destierro y confinamiento, pues González Moreno, estando en estas tareas represivas, el fallido golpe de estado carlista de la Granja, en el que parece que estaba implicado, hizo que fuera destituido de Capitán General de Granada y, pocos días después, el 15 de octubre de 1832, la Reina Maria Cristina concedió el Real Decreto de Amnistía, con lo cual se suspendieron las causas formadas por González Moreno y sobreseídos los correspondientes expedientes. González Moreno fue nombrado General del ejército Carlista, no aceptó el convenio de Vergara y fue asesinado entre Urdaz y Vera en 1839, por carlistas partidarios de Maroto.

Con la muerte de Torrijos -al que Espronceda dedicó un soneto laudatorio- se cierra la serie de expediciones destinadas a subvertir el régimen, pues las múltiples dificultades de la empresa, especialmente la falta de apoyo interior, atribuible a la eficacia de la maquinaria policial de los realistas, quitarían las esperanzas de éxito de tales intentos.

Dejamos, con esto, los nuevos datos sobre una muestra de la historia local de Gaucín y su Serranía, que será preciso seguir completando en un próximo futuro.


 
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